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¿Los expresidentes pegarán ‘El Grito’? Este martes vence plazo de solicitud de consulta para enjuiciarlos

El plazo para presentar esta solicitud ante la Corte concluye a las 12 de la noche de este 15 de septiembre.

El Senado se declaró a la espera de que el presidente Andrés Manuel López Obrador haga llegar la solicitud para convocar a una consulta popular para enjuiciar a los expresidentes de la República.

El plazo para presentar esta solicitud ante la Corte concluye a las 12 de la noche de este 15 de septiembre, por lo que la consulta no podría ser solicitada por los ciudadanos, ya que se requiere recolectar un millón 600 mil firmas, equivalentes al tres por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal del INE, y apenas se tienen 800 mil.

Por tanto, sólo quedan dos vías jurídicas para concretar la petición: cualquiera de las dos Cámaras del Congreso o el Presidente de la República, quien, en la conferencia mañanera, anunció que enviaría la solicitud al Senado.

De acuerdo con el presidente de la Junta de Coordinación Política, Ricardo Monreal, la Cámara alta se mantiene a la espera "por cortesía política" de que el presidente López Obrador haga llegar la solicitud conforme a sus facultades constitucionales y legales.

Una vez recibida la petición de consulta popular, la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de origen, en este caso el Senado, deberá enviarla de manera directa a la Corte, junto con la propuesta de pregunta, para que resuelva sobre su constitucionalidad dentro de un plazo de 20 días naturales.

El legislador zacatecano explicó que, posteriormente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a su vez, deberá notificar al Senado su resolución dentro de las 24 horas siguientes a que la emita.

En caso de que la Corte declare la inconstitucionalidad de la consulta, el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de origen deberá publicar la resolución en la Gaceta Parlamentaria y procederá a su archivo como asunto total y definitivamente concluido.

No obstante, refirió, en caso de que se declare la constitucionalidad de la consulta, la pregunta contenida en la resolución no podrá ser objeto de modificaciones.

En tanto, la presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de origen deberá publicar la resolución en la Gaceta Parlamentaria y turnará la petición a la Comisión de Gobernación y, en su caso, a las comisiones que corresponden según la materia de la petición, para su análisis y dictamen.

El dictamen de la petición deberá ser aprobado por la mayoría de ambas Cámaras del Congreso de la Unión; en el caso de que no sea aprobada, se procederá a su archivo como asunto total y definitivamente concluido.

De ser aprobada, el Congreso expedirá la convocatoria de la consulta popular a través de decreto, la notificará al Instituto Nacional Electoral (INE), el cual tendrá a su cargo la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de la consulta popular.

El artículo 35 de la Constitución establece que las consultas populares deberán ser realizadas el primer domingo de agosto.

El senador Monreal señaló, no obstante, que la fracción parlamentaria de Morena en la Cámara alta ya cuenta con su propio borrador de petición, por lo cual se juntarían las 42 firmas –equivalentes al 33 por ciento de los 128 legisladores que conforman el pleno– que se requieren por ley.

"Si nosotros decidimos formularla, el grupo de 33 por ciento, también se va directo a la Corte, no se discute aquí, se discute hasta que la Corte resuelve sobre la constitucionalidad", agregó.

En la conferencia mañanera, el presidente López Obrador anticipó que esperaría a ver si los ciudadanos logran alcanzar la meta de firmas establecida en la ley y, en caso de no ser así, él presentaría hoy el escrito correspondiente.

Consulta popular, los pasos a seguir

Si el Presidente solicita la consulta, la ruta para que se lleve a cabo aún es larga. Aquí te presentamos el camino que deberá seguir.

-El Poder Ejecutivo tiene la atribución de solicitar una consulta popular.

-La Cámara de origen, en este caso, el Senado la deberá enviar a la Corte.

-La Corte resolverá en un plazo de 20 días naturales.

-Si declara su constitucionalidad, la Corte regresará la solicitud a la Cámara de origen.

-El dictamen deberá ser aprobado por la mayoría de cada Cámara del Congreso.

-El Congreso notificará al INE, el cual tendrá a su cargo la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados.

-De acuerdo con la Constitución, las consultas populares deberán ser realizadas el primer domingo de agosto.

Fuente: EL FINANCIERO

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