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SCJN pospone resolución de reclamación por controversia contra militarización

Podría ser el miércoles próximo cuando el caso se liste nuevamente para resolución en la Segunda Sala del Tribunal Constitucional.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pospuso la resolución sobre el recurso de reclamación que promovió el presidente Andrés Manuel López Obrador contra el acuerdo de la ministra Margarita Ríos por el que aceptó a trámite la controversia constitucional 90/2020 relacionada con el uso del Ejército en tareas de seguridad.

Dicha controversia fue promovida por la panista Laura Angelica Rojas Hernández, en su carácter de presidenta de la mesa directiva de la Cámara de Diputados, y con ella demanda la invalidez del acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 11 de mayo pasado.

En sesión remota de este miércoles, Javier Laynez, ministro presidente de la Segunda Sala de la Suprema Corte, anunció que el citado recurso de reclamación, identificado como 54/2020, asignado a la ponencia de la ministra Yasmín Esquivel, quedó en lista.

"Debido a la pandemia muchos de los asuntos turnados a nuestras ponencias se encuentran en fase de integración vía electrónica y en algunos casos vía física y, ante la imposibilidad de llevar a cabo las notificaciones a las autoridades que no están todavía trabajando de manera presencial, esto dificulta la integración de los expedientes o ponerlos en estado de resolución, por ello mucho de ellos quedan en lista", dijo el ministro.

Podría ser el miércoles próximo cuando el caso se liste nuevamente para resolución en la Segunda Sala del Tribunal Constitucional. Trascendió que el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel propone darle la razón al Ejecutivo federal y revocar el acuerdo por el que se aceptó a trámite dicha controversia.

En su recurso de reclamación, promovido a través de la Consejería Jurídica, el Ejecutivo federal pidió revocar el acuerdo al considerar que existe falta de legitimidad de la diputada federal Rojas Hernández para promover este tipo de recursos ante el Tribunal Constitucional.

Precisó que era necesario que Rojas Hernández sometiera a consideración de los diputados su propuesta de promover la controversia y al menos una tercera parte de los integrantes de la Cámara de Diputados la validara, lo cual no ocurrió.

Por ello, el Ejecutivo consideró que debía revocarse el acuerdo de la ministra Ríos Farjat y desechar la citada controversia constitucional.

La decisión que tome la Segunda Sala de la Suprema Corte sobre este recurso de reclamación no implica un pronunciamiento sobre el fondo del asunto, es decir, sobre la constitucionalidad del uso de las Fuerzas Armadas permanentes para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.

El pronunciamiento al respecto ocurriría en esta misma controversia, si se le da luz verde, o en las controversias constitucionales 85/2020 y 87/2020 promovidas por el municipio de Colima y por el Poder Ejecutivo del estado de Michoacán, respectivamente, que también se solicitó invalidar el acuerdo presidencial del 11 de mayo.

La controversia constitucional 85/2020 contra el acuerdo presidencial que legaliza el uso de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, fue promovido el 28 de mayo por Leoncio Morán Sánchez, presidente municipal de Colima, quien alegó que dicho acuerdo viola la constitución y pidió su inmediata invalidez.

Mientras que la controversia 87/2020 fue promovida en junio pasado por el gobernador de Michoacán, Silvano Aureoles Conejo, quien aseguró que el objeto del recurso es que la SCJN delimite los alcances de la intervención de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad para claridad de los gobiernos estatales, de los propios militares y de la población civil.

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