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SCJN avala integración 50-50 de Congreso de la CDMX

Por 10 votos a uno, el tribunal constitucional advirtió que si bien es "novedosa y única en el país" dicha distribución no es contraria a la Constitución federal y se apega a la libertad de configuración que cada entidad tiene.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la distribución de diputados electos y designados (50-50) en el Congreso capitalino, según prevé la Constitución de la Ciudad de México no viola de la norma general.

Por 10 votos a uno, el del ministro ponente Javier Laynez, el tribunal constitucional advirtió que si bien es "novedosa y única en el país" dicha distribución no es contraria a la Constitución federal y se apega a la libertad de configuración que cada entidad tiene.

De hecho, advirtieron que no existe en la Carta Magna del país disposición alguna que obligue a los congresos locales a seguir algún modelo, incluido el federal, siempre y cuando adopten el sistema mixto, que implica la coexistencia de diputaciones uninominales y plurinominales.

Recordaron que si bien a nivel federal sí hay una directriz de integración del Congreso, modelo replicado en todas las entidades federativas, este no significa que los estados puedan establecer en libertad la distribución de su Congreso.

Por ello, los ministros se pronunciaron por la validez del artículo 29, apartado A, numeral 2, de la Constitución Política de la Ciudad de México, donde se prevé que el Congreso local se integrará por 66 diputaciones, 33 electas según el principio de mayoría relativa y 33 según el principio de representación proporcional

   

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