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Ratifican amparo a Cuauhtémoc Gutiérrez

Un Tribunal confirmó el amparo a favor de Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, dentro de la averiguación previa en su contra por los delitos de trata de personas y lenocinio. 

CIUDAD DE MÉXICO.- El Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Distrito Federal confirmó el amparo a favor de Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre, dentro de la averiguación previa en su contra por los delitos de trata de personas y lenocinio.

Con ello, se reactivó la cuenta regresiva de 30 días para que la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) determine la situación jurídica de quien fuera presidente del PRI en la ciudad de México.

Aún no queda claro qué día vencerá el plazo de 30 días para que la PGJDF determine si consigna o no el expediente FDTP/TP-1/T2/50/14-05 y su acumulado FAE/A/T1/52/14-04, iniciados contra Gutiérrez de la Torre, pues aún no se emite la versión pública de la sentencia.


Esto no significa la exoneración de Gutiérrez de la Torre. Si bien la PGJDF no tenía testimonios de víctimas del priista, aún tiene posibilidad de obtener dichas declaraciones que serviría para la consignación, pues en los últimos días tres mujeres ofrecieron dar su testimonio ante la autoridad. Dependerá de ello si la PGJDF consigna el expediente o lo manda la reserva.

En los estrados electrónicos del Poder Judicial de la Federación se advierte que fue el pasado jueves 23 de abril cuando se discutió el caso Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre en el Séptimo Tribunal Colegiado.

Los magistrados Lilia Mónica López Benítez, Aureliano Pérez Téllez (secretario en funciones de magistrado) y Jorge Fermín Rivera Quintana, revocaron el recurso de revisión 39/2015 que promovió la PGR.

En un fallido esfuerzo, la PGJDF pretendió sumarse a dicha revisión pero el Tribunal desechó la adhesiva porque la dependencia que encabeza Rodolfo Ríos Garza promovió su recurso en forma extemporáneamente.

La PGR impugnó la sentencia que dictó en enero pasado Alberto Díaz Díaz, titular del Juzgado Décimo Cuatro de Distrito de Amparo en Materia Penal, en la que se le concedió un amparó para efectos a Gutiérrez de la Torre.

Según los registros públicos, el juez Díaz señaló en su sentencia que el Ministerio Público de la PGJDF no justificó su actuación en el caso Gutiérrez de la Torre con ninguna prueba sustentable.

Destacó que desde octubre de 2014 el Ministerio Público no hizo diligencia alguna para desahogo de pruebas que se promovieron contra el priista, por lo que fijó un plazo de 30 días para definiera si ejercitaría o no la acción penal.

En su recurso, la PGR dijo que el juez Díaz se extralimitó en sus funciones al determinar el citado plazo de 30 días.

Las acusaciones contra Gutiérrez de la Torre derivaron de una nota periodística que advirtió de la existencia de una red de reclutamiento de mujeres, a quienes les ofrecían trabajo como edecanes y se les presionaban para hacer favores sexuales a Gutiérrez de la Torre.

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