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¿Qué implica la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres que se decretó en la CDMX?

De enero a octubre de este año, se han registrado 50 víctimas de feminicidio en la capital del país. Ante esto, la jefa de Gobierno decretó la alerta.

Este jueves, la jefa de Gobierno de la Ciudad de México informó que decidió decretar la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres.

Entre enero y octubre de 2019 se registraron 50 víctimas de feminicidio (homicidios de mujeres por cuestiones de género) en la Ciudad de México, según el reporte difundido el miércoles por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

La funcionaria capitalina agregó que implementará algunas acciones al respecto como enviar una propuesta de Ley al Congreso capitalino para crear un Registro Público de Agresores Sexuales, exhortar al Congreso a aprobar la 'Ley Olimpia', la cual sanciona el acoso y la violencia digital, así como a avalar la Ley que envió en septiembre, la cual es para crear un banco de ADN para uso forense.

¿Qué es esta alerta?

La Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) es un mecanismo de protección de los derechos humanos de las mujeres, establecido en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

El objetivo es garantizar la seguridad de mujeres y niñas, el cese de la violencia en su contra y eliminar las desigualdades producidas por una legislación o política pública que agravia sus derechos humanos.

¿Qué implica el decretarse la AVGM?

La alerta consiste en un conjunto de acciones gubernamentales de emergencia para enfrentar y erradicar la violencia feminicida. Por lo que la autoridad deberá:

-Establecer un grupo interinstitucional y multidisciplinario con perspectiva de género que dé el seguimiento respectivo.

El grupo de trabajo se conforma por representantes de Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim), Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), representante del Mecanismo para el adelanto de las mujeres en la capital y cuatro personas seleccionadas por convocatoria pública, dos académicos nacionales y dos locales.

-Implementar las acciones preventivas, de seguridad y justicia, para enfrentar y abatir la violencia feminicida.

-Elaborar reportes especiales sobre la zona y el comportamiento de los indicadores de la violencia contra las mujeres.

-Asignar los recursos presupuestales necesarios para hacer frente a la contingencia de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres.

-Hacer del conocimiento público el motivo de la alerta, y la zona territorial que abarcan las medidas a implementar.

¿Qué es la violencia feminicida?

Es la forma extrema de violencia contra las mujeres por el solo hecho de ser mujeres, ocasionada por la violación de sus derechos humanos, en los espacios público y privado; está integrada por las conductas de odio o rechazo hacia las mujeres, que pueden no ser sancionadas por la sociedad o por la autoridad encargada de hacerlo y puede terminar en homicidio y otras formas de muerte violenta de mujeres.

¿Cuántas Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres se han declarado?

-Estado de México: Se declaró el 31 de julio de 2015 en 11 municipios: Ecatepec de Morelos, Nezahualcóyotl, Tlalnepantla de Baz, Toluca de Lerdo, Chalco, Chimalhuacán, Naucalpan de Juárez, Tultitlán, Ixtapaluca, Valle de Chalco y Cuautitlán Izcallí.

-Morelos: El 10 de agosto de 2015 para ocho municipios: Cuautla, Cuernavaca, Emiliano Zapata, Jiutepec, Puente de Ixtla, Temixco, Xochitepec y Yautepec.

-Michoacán: Se declaró el 27 de junio de 2016 para 14 municipios: Morelia, Uruapan, Lázaro Cárdenas, Zamora, Apatzingán, Zitácuaro, Los Reyes, Pátzcuaro, Tacámbaro, Hidalgo, Huétamo, La Piedad, Sahuayo y Maravatío.

-Chiapas: El 18 de noviembre en 7 municipios del estado: Comitán de Domínguez, Chiapa de Corzo, San Cristóbal de las Casas, Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez y Villaflores. Asimismo, requiere acciones específicas para la región de los Altos de Chiapas, la cual incluye los municipios de Aldama, Amatenango del Valle, Chalchihuitán, Chamula, Shanal, Chenalhó, Huiztán, Larráinzar, Mitontic, Oxchuc, Pantelhó, San Cristóbal de las Casas, San Juan Cancuc, Santiago El Pinar, Tenejapa, Teopisca y Zinacantán.

-Nuevo León: Se declaró el 18 de noviembre en 5 municipios del estado: Apodaca, Cadereyta Jiménez, Guadalupe, Juárez y Monterrey.

-Veracruz: El 23 de noviembre de 2016 en 11 municipios: Boca del Río, Coatzacoalcos, Córdoba, Las Choapas, Martínez de la Torre, Minatitlán, Orizaba, Poza Rica de Hidalgo, Tuxpan, Veracruz y Xalapa.

-Sinaloa: Se declaró el 31 de marzo de 2017 en 5 municipios: Ahome, Culiacán, Guasave, Mazatlán y Navolato.

-Colima: El 20 de junio de 2017 en 5 municipios: Colima, Coquimatlán, Cuauhtémoc, Tecomán y Villa de Álvarez.

-San Luis Potosí: Se declaró el 21 de junio de 2017 en 6 municipios: Ciudad Valles, Matehuala, San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Tamazunchale y Tamuín.

-Guerrero: El 22 de junio de 2017 en 8 municipios: Acapulco de Juárez, Ayutla de los Libres, Chilpancingo de los Bravo, Coyuca de Catalán, Iguala de la Independencia, José Azueta, Ometepec y Tlapa de Comonfort.

-Quintana Roo: Se declaró el 7 de julio de 2017 en tres municipios: Benito Juárez, Cozumel y Solidaridad. Asimismo, requiere acciones específicas para el municipio de Lázaro Cárdenas, municipio de población indígena.

-Nayarit: El 4 de agosto de 2017 en siete municipios: Acaponeta, Bahía de Banderas, Del Nayar, Ixtlán del Río, Santiago Ixcuintla, Tecuala y Tepic. Asimismo, establece acciones específicas para los municipios con predominante población indígena: Del Nayar, La Yesca y Huajicori.

-Veracruz: Se declaró el 13 de diciembre de 2017 por agravio comparado a los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Con información de Instituto Nacional de las Mujeres

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