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Ordenan al PAN-Jalisco coaligarse en 7 municipios con El Frente

El no ir en coalición podrían causar confusión en el electorado. Ya que ni Acción Nacional, ni el PRD y tampoco Movimiento Ciudadano fueron congruentes con el convenio de coalición.

GUADALAJARA.- El sesión de pleno, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió el juicio SG-JRC-20/2018, interpuesto por el partido Morena, y revocó una sentencia que permitía al PAN Jalisco, postular por su cuenta, candidatos en 7 municipios incluidos en las candidaturas definidas por la Coalición Jalisco al Frente.

De esta forma, los magistrados obligan al partido blanquiazul a respetar el acuerdo registrado por los partidos Movimiento Ciudadano, Acción Nacional y de la Revolución Democrática.

En este asunto, se concede la razón al partido demandante, que acusaba una falta al principio de uniformidad, ya que en los siete municipios aludidos sólo participarían dos de los tres integrantes de la coalición, (PRD-PMC).

El PAN había obtenido una sentencia para esas postulaciones, pero fue revocada, y ahora se le otorga un plazo de cinco días para que los partidos de la coalición Jalisco al Frente puedan hacer los ajustes necesarios a su convenio.

Las postulaciones separadas en cinco municipios son coaliciones dinámicas de partido naranja y del sol azteca, y en otros el PAN se unió en cada uno con MC y PRD.

Las llamadas coaliciones dinámicas, en los municipios son Tecolotán, Zapotiltic, Zapotlán el Grande, Chapala, Mixtlán y Mazamitla, podían causar confusión en el electorado, como ya se ha resuelto en sentencias anteriores en otros estados, según leyó en la sesión el Secretario de Estudio y Cuenta Omar Delgado Chávez, "existe vulneración al principio aludido, los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano no fueron congruentes con el convenio de coalición, ya que con ese pactó candidaturas dinámicas que conformaron distintas coaliciones para un mismo tipo del cargo de elección popular, excluyendo a algún partido coaligado".

Por su parte, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana, (IEPC), no ha sido notificado formalmente, y la vocería del mismo informó que una vez que reciban la notificación oficial los consejeros analizarán la sentencia.

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