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Ministro Zaldívar propone legalizar mariguana

El proyecto del ministro de la Suprema Corte Arturo Zaldívar propone legalizar el cultivo y uso lúdico de la mariguana; aclara que no es una autorización para su comercialización. 

CIUDAD DE MÉXICO.- Arturo Zaldívar, ministro de la Suprema Corte, propuso legalizar cultivo, transporte y consumo de mariguana con fines lúdicos o recreativos, pues aseguró que su prohibición va contra el libre desarrollo de la personalidad.

Dijo que si bien la evidencia médica muestra que el consumo de marihuana puede ocasionar daños a la salud, "se trata de afectaciones menores o similares a los que producen sustancias no prohibidas como el alcohol o el tabaco".

También desestimó "las supuestas afectaciones" al desempeño social que genera el consumo de mariguana, como disminución de productividad laboral o el denominado "síndrome amotivacional".

Dichos argumentos, dijo el ministro Zaldívar, "no pueden considerarse como razones válidas para intervenir el derecho al libre desarrollo de la personalidad".

Advirtió que la Constitución no impone un ideal de excelencia humana, sino que permite que cada individuo elija su propio plan de vida y adopte el modelo de virtud personal que considere válido, en tanto no afecte a terceros.

Estimó que "la prohibición administrativa" al consumo de la mariguana no es necesaria para proteger la salud y el orden público, pues consideró que hay otras alternativas para alcanzar esos objetivos que afectan en un menor grado el derecho al libre desarrollo, como la limitar el consumo a ciertas conductas o establecer prohibiciones en supuestos específicos, como manejar vehículos o instrumentos peligros bajo los efectos de la substancia, consumirla en lugares públicos o inducir a terceros a que también la consuman.

El proyecto del ministro se publicó el fin de semana, año y medio después de que la Corte atrajo un amparo en revisión promovido, entre otros, por Josefina Ricaño, Armando Santacruz, y Juan Francisco Torres Landa.

Dichas personas recibieron una negativa de la Cofepris a su solicitud para consumir mariguana de forma regular y personal, con fines lúdicos o recreativos y, realizar las actividades correlativas al autoconsumo, entre ellas cultivar y cosechar.

Los inconformes tramitaron el amparo 844/2013 contra diversos artículos de la Ley General de Salud que sustentan el "sistema de prohibiciones administrativas".

Ante el juez Decimoprimero de Distrito en Materia Administrativa, afirmaron que "la prohibición para consumir mariguana se basa en un perjuicio sustentado en valoraciones morales y no en estudios científicos".

Estimaron que las medidas prohibicionistas no han sido instrumento para prevenir riesgos a la salud ni combatir las adiciones.

No obstante, el juez, en sentencia definitiva, negó el amparo. Los quejosos interpusieron el recurso de revisión 19/2014 ante el Quinto Tribunal Colegiado, el cual declinó competencia a la Corte, cuyo ministro propone amparar a los quejoso y declarar la inconstitucionalidad de los artículos 235, último párrafo; 237; 245 fracción I; 247 último párrafo y 248 de la Ley General de Salud.

El ministro aseguró que esta propuesta no constituye una autorización para la comercialización de mariguana ni para el consumo de otros estupefacientes, como la cocaína o las drogas sintéticas.

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