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INE debe fundamentar suspensión del spot del PRD: TEPJF

Los magistrados ordenaron al INE hacer una revisión sobre los temas de la queja como calumnia, fama pública y libertad de expresión, interés general y de particulares, por el anuncio que mostraba imágenes del periodista Joaquín López Dóriga.

Por unanimidad, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenaron a la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral fundamentar y motivar su resolución de suspender el spot del PRD "Queremos ser tu voz" con imágenes del periodista Joaquín López-Dóriga y mantuvieron la medida cautelar.

En un amplio debate los magistrados revocaron el acuerdo para que la Comisión emita una nueva resolución a partir de la normatividad aplicable y de la revisión sobre los temas de la queja como calumnia, fama pública y libertad de expresión, interés general y de particulares, partiendo de la definición de calumnia en la ley electoral y no del diccionario.

"Se considera que era necesario que la responsable apreciara el contexto del promocional efectuando un justo balance de elementos para estar en aptitud de ponderar adecuadamente si lo expuesto en el promocional, al menos a la luz de la apariencia del buen derecho, constituía una calumnia en agravio del periodista, lo cual no se advierte que hubiera hecho", estableció en su resolución el magistrado ponente Constancio Carrasco Daza.

El magistrado Flavio Galván dijo que "si no hay calumnia no se pueden dictar medidas cautelares", y cuestionó la interpretación gramatical en la resolución. Era necesario un estricto balance y ponderación de la calidad de la persona, precisó el magistrado Carrasco Daza. El magistrado Nava Gomar expresó que la resolución del INE presentó "deficiencias".

El 10 de enero pasado López-Dóriga se quejó por el uso de su imagen en el spot perredista por considerar que lo asocia con la desaparición de 22 mil personas y logró que la Comisión de Quejas ordenara al partido sustituir su imagen, por lo que el PRD apeló ante el Tribunal Electoral.

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