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INAI impugnará la Ley de Seguridad Interior ante la SCJN

En específico contra los artículos 9 y 31, por considerar que vulneran el ejercicio de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) interpondrá una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de los artículos 9 y 31 de la Ley de Seguridad Interior.

El Pleno del INAI aprobó, por unanimidad, el acuerdo para impugnar dichos artículos por considerar que vulneran el ejercicio de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, previstos en la Constitución.

El artículo 9 señala "la información que se genere con motivo de la aplicación de la presente Ley, será considerada de Seguridad Nacional, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables".

Ante ello, el INAI advierte que establecer que toda la información generada en virtud de la seguridad interior sea considerada como de seguridad nacional, generará una excepción indebida al acceso de la información.

Además, destaca que la redacción de la ley impone restricciones y límites injustificados al ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información, "sin criterio de razonabilidad alguno" y establece una reserva automática y atemporal de la información.

De acuerdo con diversas interpretaciones de la SCJN y la Corte Interamericana de los Derechos Humano dichos límites deben ser idóneos, necesarios y proporcionales.

El artículo 31 establece: "en materia de Seguridad Interior, las autoridades federales y los órganos autónomos deberán proporcionar la información que les requieran las autoridades que intervengan en los términos de la presente Ley".

Sobre ello, el INAI reclama que dicho artículo establece restricciones al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales de los titulares.

También prevé un régimen de excepción al consentimiento para la transferencia de los datos personales sin los debidos controles de legalidad y certeza jurídica para los titulares, y no se garantiza el cumplimiento del derecho de protección de datos personales con las instancias encargadas de la seguridad interior, como sujetos obligados a la Ley General de Protección de Datos Personales.

"Existe ambigüedad en la regulación de las condiciones, requisitos y reglas para transferir información a petición de las autoridades en materia de seguridad interior, que vulneraría el ejercicio autónomo de las facultades encomendadas al INAI", advirtió.

El comisionado presidente del INAI, Francisco Javier Acuña, expresó que ahora toca a otras instituciones, como a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, hacer valer acciones integrales, "del conjunto de derechos fundamentales que pudieran verse lesionados o en conflicto, por la Ley de Seguridad Interior que ha sido promulgada".

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