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El PAN discrimina a indígenas para comicios: TEPJF

Los indígenas zapotecos Rubicel Cruz y Giovanny Matus querían ser considerados por el PAN como candidatos de lista de diputados federales, pero el secretario general del Comité Ejecutivo Nacional, Isabel Trejo, no los registró porque no presentaron seis firmas de invitación de integrantes con derecho a voto de la Comisión Permanente Nacional.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó el acuerdo del Partido Acción Nacional (PAN) para la elección de las tres primeras fórmulas de candidato a diputado federal de la Tercera Circunscripción por discriminatorio al imponer a los indígenas obstáculos para ser considerados.

Los indígenas zapotecos Rubicel Cruz y Giovanny Matus querían ser considerados por el PAN como candidatos de lista de diputados federales, porque son originarios de Juchitán, Oaxaca.

Pero el secretario general del Comité Ejecutivo Nacional, Isabel Trejo, no los registró porque no presentaron seis firmas de invitación de integrantes con derecho a voto de la Comisión Permanente Nacional, prevista en la convocatoria.

Al negarles el registro, el PAN incumplió con estándares internacionales de protección a los indígenas, lo que resulta discriminatorio, por lo que el Tribunal le ordenó al PAN dictar una nueva resolución que atienda los derechos humanos, la Constitución y los Tratados Internacionales.

El magistrado ponente Manuel González Oropeza propuso revocar el Acuerdo emitido por la Comisión Permanente Nacional del PAN porque "imponía obstáculos para que los candidatos indígenas cumplieran con los requisitos para ser postulados y le ordenó emitir una nueva resolución otra y evaluar la participación de los zapotecos.

Además estableció que la carga impuesta a los candidatos indígenas debe ser flexible, considerando sus circunstancias de desigualdad y facilitándoles las condiciones para alcanzar, en su caso, sus pretensiones como el acceder a un cargo de elección popular.

En tanto, la magistrada María del Carmen Alanis dijo que los tratados internacionales son reconocidos como estándares internacionales, y "no puede negarse el registro a una candidatura a personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas partiendo de un requisito formal".

Para contender se estableció en la convocatoria presentar formato con firmas autógrafas de seis integrantes con derecho a voto de la Comisión Permanente que propongan al aspirante y, en caso de omitir cualquier requisito, la Secretaría General podría requerir el cumplimiento, que de no ser subsanado negar el registro.

El magistrado Constancio Carrasco dijo que el partido debió resolver en una perspectiva de progresividad porque tiene la obligación de promover los derechos humanos, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

Los indígenas Rubicel Cruz y Giovanny Matus son de Unión Hidalgo y Santa María Xadani, Juchitán, hablan zapoteco, y ente los argumentos de la Comisión Jurisdiccional del PAN para negarles el registro es que "no acreditaron su condición de indígenas, como si la carga de la prueba la tengan totalmente ellos".

"A diferencia del género, las minorías étnicas son minorías étnicas, y si el instructivo les exige que haya seis firmas de un Comité Nacional, pues realmente en principio estos miembros de las comunidades tendrán como muy difícil contar con esas firmas, ¿por qué? Porque no tienen el acceso directo a los directivos de este partido", remató el magistrado González Oropeza.

En la tercera circunscripción fueron designados el ex candidato a la gubernatura de Veracruz; Miguel Ángel Yunes; Janette Ovando Reazola, actual secretaria de Promoción de la Mujer y el ex coordinador de la campaña de Madero en Mérida, Joaquín Díaz Mena.

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