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El Lunares permanecerá en el Reclusorio Norte de la CDMX

Un Juez desechó la demanda de amparo que promovió para evitar ser llevado al Reclusorio Norte.

Erik Zabalgoitia, Juez Decimocuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de México, desechó este lunes un juicio de amparo promovido por Óscar Andrés F., El Lunares, líder del cártel La Unión de Tepito.

Con ello, el presunto delincuente permanecerá interno en el Reclusorio Norte para enfrentar la imputación que le hizo la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México por el delito de secuestro exprés agravado.

El viernes próximo un Juez de Control local determinará si vincula o no a proceso a El Lunares por el citado delito, el cual se habría cometido el 11 de septiembre de 2019 en perjuicio de un comerciante.

Óscar Andrés F., El Lunares, fue reaprehendido el sábado pasado cuando salía del penal federal de máxima seguridad El Altiplano, luego de que una Jueza federal determinó no vincularlo a proceso por delincuencia organizada y portación de arma de uso exclusivo de las fuerzas armadas.

Al ser recapturado, El Lunares fue trasladado al Reclusorio Norte por lo que sus abogados tramitaron un amparo para evitar que fuera llevado a dicho penal ya que ahí se encuentran algunos integrantes de grupos antagónicos a La Unión Tepito como lo es la Fuerza AntiUnión.

Sin embargo, el Juez Erik Zabalgoitia desechó el recurso pues advirtió que el acto reclamado era ya un hecho consumado.

Y es que El Lunares interpuso el juicio de amparo (123/2020) el 9 de febrero, un día después de que la Policía de Investigación de la Fiscalía local lo había internado en el Reclusorio Norte de la Ciudad de México.

Cabe destacar que, tras la primera captura de 2020, ocurrida el 31 enero pasado en Tolcayuca, Hidalgo, Óscar Andrés F., promovió ante el mismo juzgado otro juicio de amparo, pero para evitar ser llevado a un penal federal.

El Lunares quería permanecer en el Reclusorio Oriente donde están varios integrantes de su organización. Ese amparo quedo radicado en el expediente 98/2020 y en él se señaló como actos reclamados la incomunicación, orden de traslado, golpes y tortura.

Aunque el juez Zabalgoitia había concedido la suspensión de plano que impedía si traslado a un penal federal, esta se desactivó cuando la jueza federal decidió no vincularlo a proceso por los delitos federales imputados en la primera captura.

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