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El Invea nunca buscó clausurar el Rébsamen, sólo multarlo: Tribunal

El Invea impuso la multa, pero no ha puesto sobre la mesa la posibilidad de suspender las labores del colegio. La Ley de Establecimientos Mercantiles el colegio sólo podría ser clausurado definitivamente si se prueba que utilizó documentos falsos.

El Tribunal de Justicia Administrativo avaló la multa por 107 mil 448 pesos en contra el colegio Enrique Rébsamen, que le impuso el Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México (Invea) por violar las normas de ampliación de construcción que hizo con permisos presuntamente falsos.

El Invea impuso la multa, pero no ha puesto sobre la mesa la posibilidad de suspender las labores del colegio.

Y es que de acuerdo con la Ley de Establecimientos Mercantiles el colegio, catalogado como establecimiento de bajo impacto, sólo podría ser clausurado definitivamente si se prueba que utilizó documentos falsos.

De hecho, el Invea inició una denuncia penal, que aún está en trámite, para determinar si es falsa o no la constancia de acreditación de uso de suelo que presentó la dueña del colegio Enrique Rébsamen, Mónica García Villegas.

Si se prueba que dicho documento de uso de suelo es apócrifo, entonces sí procedería la clausura definitiva e inmediata de la licencia de operación del colegio, ubicado en la colonia Nueva Oriental Coapa, delegación Tlalpan.

El colegio nunca pagó la multa ni acató la sentencia que lo obligada a regularizar todos los documentos de operación; por el contrario, apeló ante el mismo Tribunal que dejó el caso en una segunda instancia.

Según el expediente 1-2340/2017, la sentencia del Tribunal se emitió el 26 de junio pasado, es decir, casi tres meses antes de que el colegio Enrique Rébsamen colapsara con saldo de 19 niños y siete adultos muertos.

"Se reconoce la legalidad y validez de la multa impuesta a la parte actora por la cantidad de 107 mil 488, en la resolución administrativa de 23 de enero de 2017, dentro del expediente INVEADF/OV/DUYUS/2916/2016", dice la sentencia de la Prima Sala Ordinaria del Tribunal de Justicia Administrativa.

En forma paralela, el Invea denunció penalmente el caso para aclarar la legalidad de la constancia de acreditación de uso de suelo por derechos adquiridos, fechada el 7 de septiembre de 1993.

Y es que advirtió que al consultar a la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) dicha dependencia respondió que no tenía registro de la citada constancia por lo que se advierte que se falsificó.

La denuncia penal se presentó en febrero pasado por uso de documento falso y quedó radicada en el expediente CI-FEDAPUR/A/UI-2C/D/111/02-2017 del cual conoce la Fiscalía de Delitos Ambientales y Protección Urbana (FEDAPUR), de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.

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   Con un tejado, el resto de la parte superior se hizo patio.

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