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Diputados refuerzan ley para proteger patrimonio cultural y natural del país

Por unanimidad, en la Cámara de Diputados se aprobó modificar la Ley General de Turismo, con la finalidad de garantizar la conservación del patrimonio natural y cultural del país.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Cámara de Diputados aprobó reformas la Ley General de Turismo para promover la conservación del patrimonio natural y cultural del país, además de la infraestructura y el equipamiento, a fin de contribuir al fomento y desarrollo de la actividad turística.

Con el voto unánime de los legisladores, la reforma promoverá la infraestructura, equipamiento y conservación, para contribuir al fomento y desarrollo de la actividad turística, en coordinación con los estados, municipios y el Distrito Federal y con la participación de los sectores social y privado.

Estas acciones estarán sujetas a la disponibilidad de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación PEF).

En el contenido del decreto se establece que la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) promueve en todo el mundo la identificación, protección y preservación del patrimonio natural y cultural que conlleve un valor universal excepcional para la humanidad.

En la lista de patrimonio mundial de la Unesco figuran 754 sitios de los cinco continentes, de los cuales México cuenta con 32, de los cuales 27 son considerados patrimonio cultural y cinco patrimonio natural, refiere el documento.

México es el país latinoamericano que más sitios inscritos tiene en la lista de patrimonio mundial y el tercero que cuenta con el mayor número de ciudades inscritas en la lista del patrimonio mundial, las cuales se encuentran en Campeche, Puebla, Ciudad de México, Querétaro, Guanajuato, Morelia, Oaxaca y Zacatecas.

Señala que la protección, conservación y restauración de los bienes de la humanidad requieren recursos económicos, científicos y técnicos.

La Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, que es el primer instrumento jurídico que ordena la conservación y la preservación de los sitios naturales y culturales, pretende crear un sistema eficaz para la protección colectiva del patrimonio cultural y natural con valor excepcional.

Con esta reforma, la fracción VIII del artículo 4 de la Ley General de Turismo queda como sigue:

Promover la infraestructura, equipamiento y "conservación", que contribuyan al fomento y desarrollo de la actividad turística, en coordinación con los estados, municipios y el Distrito Federal, y con la participación de los sectores social y privado, mismas que estarán sujetas a la disponibilidad de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

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