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Diputados aprueban firma electrónica para servicios bursátiles

Las reformas al artículo 199 de la Ley de Mercado de Valores plantea que los contratos de intermediación bursátil podrán ser celebrados mediante firma electrónica.

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la minuta del Senado de la República que reforma el artículo 199 de la Ley de Mercado de Valores, para implementar la firma electrónica avanzada como mecanismo de autentificación de las personas interesadas en contratar servicios bursátiles.

El documento plantea que los contratos de intermediación bursátil podrán ser celebrados por escrito, mediante firma autógrafa, o bien, mediante firma electrónica avanzada de los clientes de las casas de bolsa.

Señala que los clientes que suscriban contratos de intermediación bursátil, celebrados mediante la firma electrónica avanzada, gozarán de la misma validez jurídica que los suscritos mediante firma autógrafa.

Los legisladores avalaron el documento dictaminado por la Comisión de Hacienda, con 448 votos a favor, y lo turnó al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El proyecto surgió de una iniciativa que presentaron, en octubre pasado, los senadores de Morena, Jesús Lucía Trasviña Waldenrath y Ricardo Monreal Ávila.

El objetivo de esta propuesta es "mejorar el acceso a los servicios financieros para la población, toda vez que sólo el uno por ciento de los mexicanos que ahorran lo hacen a través de un fondo de inversión, y que en la actualidad seis de cada 10 cuentas en casas de bolsas se encuentran radicadas en las ciudades de México, Monterrey y Guadalajara" indica el dictamen en su exposición de motivos.

Considera también que la legislación actual "carece de un nexo entre la inclusión financiera y la utilización de la firma electrónica, toda vez que al día de hoy la contratación de servicios bursátiles es presencial, requiriendo la firma autógrafa, elemento de desventaja para quienes viven fuera de las principales ciudades".

El proyecto resalta que los mecanismos de seguridad informática y procedimientos de autentificación que lleva a cabo el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para quienes pretendan obtener la firma electrónica avanzada, contemplan la comparecencia del interesado y el registro de datos mediante el uso de sistemas biométricos, lo que permite contar con una herramienta confiable para celebrar operaciones entre terceros.

Esta minuta busca "incentivar y ampliar el uso de la firma electrónica avanzada en otros sectores de la vida económica del país y no sólo para el cumplimiento de obligaciones fiscales".

En sus artículos transitorios estipula que el SAT, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y las entidades financieras tendrán 180 días, a partir de la expedición del presente decreto, para realizar las adecuaciones a su normatividad interna.

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