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Esto es lo que sabemos del caso 'Corona' señalado por AMLO

El presidente afirmó que la empresa cervecera pidió la devolución de "miles de millones de pesos" por concepto de impuestos, petición que fue rechazada por la Corte.

Grupo Modelo y el presidente Andrés Manuel López Obrador se vieron envueltos en un intercambio de declaraciones este martes a raíz de una supuesto reclamo de la cervecera que exigía la devolución de "miles de millones de pesos" por concepto de pago de impuestos.

López Obrador aseguró que la Suprema Corte consideró la demanda de "la empresa Corona" como improcedente, con lo que el Gobierno se aseguró el ahorro del dinero demandado.

"Cuando se me informó (por parte del Servicio de Administración Tributaria) me puse muy contento, porque imagínense lo que iba a significar de desembolso en el presupuesto", aseguró el presidente.

Sin embargo, Grupo Modelo, quien produce dicha cerveza, respondió al mandatario y señaló que dicha demanda no había sido entablada por ellos:

Esto es lo que sabemos de la demanda de miles de millones por devolución de impuestos:

-En la conferencia de este martes, López Obrador afirmó que "la empresa Corona" había tramitado una demanda ante la Suprema Corte por la devolución de un monto de impuestos no especificado.

-El mandatario señaló que la demanda fue declarada improcedente, con lo que el presupuesto del Gobierno no se vio afectado.

-Sin embargo, Grupo Modelo, que fabrica la cerveza Corona, publicó horas más tarde un comunicado en el cual aclaró que la demanda había sido presentada por accionistas que ya no pertenecen a la empresa.

-"Grupo Modelo informa que la decisión a la que hizo referencia el día de hoy el Presidente de México, Lic. Andrés Manuel López Obrador, no corresponde a recurso legal alguno interpuesto por la empresa", subrayó.

-El caso al cual se refiere el conglomerado es una amparo en revisión promovido por Beatriz Sánchez Navarro Redo, exaccionista del consorcio cervecero.

-Dicha demanda, la última que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió relativa a esa empresa, detalla que la demandante reclamaba la devolución de 47.7 millones de pesos.

-Sánchez Navarro Redo argumentó que esa cifra le fue cobrada indebidamente por concepto de Impuesto sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio fiscal de 2013.

-El 16 de enero, la Segunda Sala de la Corte decidió desechar el proyecto del ministro Eduardo Medina que proponía amparar a Sánchez Navarro Redo, cuyo efecto se perfilaba a la devolución del recurso exigido.

-No obstante, la mayoría de los ministros votaron contra dicho proyecto, por lo que el caso fue returnado al ministro Javier Laynez para que elabore un nuevo proyecto de sentencia acorde al planteamiento de la mayoría.

-Por ello, el caso aún no está cerrado y tampoco hay una fecha estimada para que Laynez presente un nuevo proyecto de sentencia que sea resuelto por los ministros en sesión pública.

-El caso data de 2013, de acuerdo con el expediente, cuando la Secretaría de Hacienda retuvo a Sánchez Navarro Redo 47 millones 722 mil 955 pesos correspondiente al de pago del Impuestos Sobre la Renta (ISR) del ejercicio fiscal 2013.

-La afectada consideró que la retención era indebida porque se le estaba cobran un impuesto sobre la enajenación de algunas de sus acciones, pese a que la Ley del Impuesto Sobre la Renta preveía algunas excepciones.

-Sin embargo, Hacienda negó dicha solicitud pues advirtió que si bien hizo la venta de algunas acciones, ella es parte de un grupo de accionista que enajenaron el 49.6 por ciento de las acciones del capital social de Grupo Modelo, por lo que no era susceptible de exención.

-Sánchez Navarro Redo impugnó la negativa.

-El 7 de junio de 2017 el Tribunal de Justicia Fiscal dictó sentencia avalando la posición de la Secretaria de Hacienda y negando a la quejosa la devolución del pago exigido, apoyando el argumento de Hacienda.

-El Tribunal señaló que con ello se alcanzó el primer y segundo supuesto de excepción a la exención establecida en el articulo 109, fracción XXVI de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, relativa a la enajenación de más del 10 por ciento de las acciones del capital social, por lo que la demandante no se encuentra exenta del pago del ISR.

-Sánchez Navarro Redo impugnó dicha decisión a través del juicio de amparo del que conoció el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

-El 7 de junio de 2018, dicho tribunal ratificó por unanimidad de votos la sentencia recurrida.

-Por ello, Sánchez Navarro Redo impugnó la sentencia por lo que la Suprema Corte asumió el caso.

-En principio, el ministro Eduardo Medina Mora planteaba revocar la sentencia recurrida y conceder el amparo a la quejosa, para el efecto de que se le devolvieran los 47.7 millones de pesos exigidos.

-Sin embargo, la mayoría de los ministros de la Segunda Sala votaron en la sesión del pasado 16 de enero contra el proyecto, por lo que el mismo fue returnado al ministro Javier Laynez para que emita una nueva sentencia acorde con los planteamientos de la mayoría.

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