La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concedió este miércoles un amparo a Lucas Solís Martínez, un empleado del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que fue sentenciado un año de prisión, multa e inhabilitación, por "mentarle la madre" a un contribuyente.
El efecto del amparo es que al empleado del SAT se le juzgue con base en la reforma de junio de 2017 al artículo 215, fracción II, del Código Penal Federal que se le imputó, la cual fue derogada.
A propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, los integrantes de la Corte señalaron que en la materia penal toda persona tiene el derecho constitucional de que se le aplique retroactivamente la ley, siempre en su beneficio.
Es decir, si se ejerce acción penal contra una persona con la ley vigente y luego la legislación se reforma con una penalidad menor para el mismo ilícito, a la persona se le debe aplicar la ley que más le beneficie.
Con base en ese criterio, un Tribunal de Guanajuato debe revocar la sentencia de un año de prisión, multa de 50 días de salario, e inhabilitación de un año para el servicio público, que se le impuso a Solís Martínez.
En su lugar se deberá emitir una nueva sentencia con base en la Ley reformada, por lo que se prevé una sanción menor.
De acuerdo con las constancias, el caso data de 19 de marzo de 2014, día en que una persona acudió al SAT, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a realizar el trámite para la obtención de firma electrónica.
El ciudadano fue atendido por Solís Martínez quien, tras una diferencia, le dijo "chinga tu madre". El ofendido acudió con el jefe del empleado del SAT y, frente a este, le pidió que repitiera lo que le había dicho.
Solís Martínez, frente a su superior jerárquico, el ofendido y el resto de las personas que se encontraban en ese momento en la oficina del SAT insistió: "chingas a tu madre".
El trabajador fue denunciado penalmente y sentenciado en primera instancia. La sanción se ratificó en segunda instancia y en un juicio de amparo. Por apelación, el caso llegó a la Suprema Corte.
El 26 de junio de 2017, mientras se resolvía el juicio de amparo, se derogó la fracción del artículo con el que Solís Martínez fue sentenciado. Dicha reforma se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Cinco años y ocho días después ocurrido el hecho motivo del juicio, el tribunal Constitucional falló a favor del empleado del SAT.