Tlaxcala.- El Congreso de Tlaxcala avaló con 20 votos la reforma para eliminar el fuero constitucional del que gozaban servidores públicos de primer nivel, incluido el gobernador, diputados locales, magistrados, autoridades municipales, titulares de organismos autónomos y electorales, con lo que podrán ser juzgados por los delitos en que incurran.
El decreto aprobado por los diputados locales será enviado, en términos de lo previsto por el artículo 120 de la Constitución Política del Estado, a los 60 ayuntamientos para que el 50 por ciento más uno avalen los cambios referidos.
Con esa aprobación, Tlaxcala se convierte en la décimo cuarta entidad federativa en suprimir de su Constitución local la figura de fuero, tal como lo hicieron los estados de Baja California, Campeche, Coahuila, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Ciudad de México y Yucatán
El dictamen, construido por la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos del Congreso local, establece que los servidores públicos de primer nivel podrán ser juzgados "por actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho".
Para eso, los diputados derogaron el artículo 107 de la Constitución local en el que se establecía que los diputados, el gobernador del Estado, los magistrados y el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, contaban con fuero a partir de que hayan rendido protesta y se encuentren en funciones.
Sin embargo, en el artículo segundo transitorio, los diputados establecieron que esos cambios a la ley no sean aplicables a los diputados, al gobernador del Estado, a los Magistrados, al presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, ni a los Consejeros integrantes del Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones que se encuentren en ejercicio de sus funciones, o cuyo nombramiento esté vigente al momento de la aprobación del decreto por el Congreso del Estado, específicamente por el tiempo para el que, en la actualidad, hayan sido electos o nombrados.
Es decir, el actual mandatario, Marco Antonio Mena Rodríguez, no podrá ser juzgado por los delitos en lo que incurra durante el tiempo que le resta como gobernador, en los próximos tres años. sin embargo, podrá aplicarse a los integrantes de la LXIII Legislatura que estarán iniciando funciones el 1 de septiembre, y los siguientes servidores públicos de primer nivel que sean designados después de la aprobación del decreto a través del cual se desaparece el fuero constitucional.
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