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Prisión preventiva oficiosa: ‘Si se establece la tortura en la Constitución, ¿la Corte no hará nada?’

Este fue el cuestionamiento que hizo el magistrado presidente Arturo Zaldívar, quien se mostró a favor de eliminar la medida.

En el segundo día de la discusión sobre la no aplicación de la prisión preventiva oficiosa en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ministras y ministros tomaron la palabra, incluyendo al presidente del Pleno, Arturo Zaldívar.

Esto fue lo que se dijo.

Arturo Zaldívar

Se pronunció a favor de dejar de aplicar la prisión preventiva establecida en la Constitución, ya que se violan Derechos Humanos como la presunción de inocencia y la libertad personal.

Además, rechazó que se esté invadiendo al Poder Legislativo, ya que se estaría comparando a una norma de la constitución contra otra.

Según el ministro presidente, esto se debe a que en el artículo primero de la Constitución se establece que se reconocen todos los Derechos Humanos reconocidos en tratados internacionales de los que México es parte.

“Si nos tomamos en serio los Derechos Humanos y la constitución, me parece que este antiguo paradigma ya no es aplicable. Quien interpreta la Constitución así se quedó por lo menos 11 años atrasado”, sostuvo el ministro presidente.


Por el contrario, sostuvo que es deber del Poder Judicial funcionar como contrapeso del Poder Legislativo, sobre todo en casos cuando se violen las garantías de las personas.

“El día de mañana el Poder Revisor puede establecer en la Constitución la tortura, los azotes, la pena de muerte, los tratos inhumanos, la esclavitud y ante todo eso, ¿este Tribunal Constitucional no podría ser absolutamente nada?”, preguntó Zaldívar.

Margarita Ríos-Farjat

La ministra sostuvo que la Constitución es el mayor pacto social, estableciendo las reglas bajo las cuales la sociedad mexicana pretende convivir, por lo que no está en las facultades de la Suprema Corte modificarla.

“Nos corresponde interpretar de la manera más responsable y armoniosa ese pacto, no desbaratarlo. Considero, muy respetuosamente, que eso instauraría de facto un gobierno de jueces”, sentenció la ministra.

Sin embargo, la ministra expuso que, a pesar de no poder remover la figura de la constitución, sí es posible interpretar el artículo 19 de manera distinta, para que la prisión preventiva deje de ser utilizada de manera obligatoria.

“Antes de intentar medidas radicales que implicarían un punto de no retorno, como lo es inaplicar un segmento constitucional, me sumaría a vislumbrar un camino más en justicia con razonabilidad para el sistema jurídico y para los derechos humanos”, declaró.

Jorge Pardo Rebolledo

El ministro sostuvo que no es necesario modificar la Constitución para invalidar la Ley de Seguridad Nacional y del Código Penal de Procedimientos Penales.

“Me parece que la ruta de solución y que la línea argumentativa no tiene por qué necesariamente pasar por el cuestionamiento de la inconvencionalidad de la figura de la prisión preventiva oficiosa establecida en el artículo 19 constitucional”, señaló.

En este sentido, el ministro se abstuvo de tomar postura en este punto, ya que consideró que no era necesario entrar al fondo de este asunto.

Javier Laynez

La postura de rechazar la decisión de inaplicar el artículo 19 fue acompañada por el ministro Javier Laynez, quien sostuvo que esta decisión abriría a más cuestionamientos que certezas, por lo que rechazó acompañar esta propuesta.

“La pregunta es, ¿corresponde única y exclusivamente a la Suprema Corte si el precedente es obligatorio y es porque es inconvencional la norma, los demás órganos de control constitucional directo, jueces de distrito, tribunales colegiados también lo pueden hacer?”, cuestionó.

Sin embargo, sostuvo que la figura de prisión preventiva oficiosa representa un peligro para la sociedad, aunque insistió que son los legisladores los que tienen que hacer algo al respecto.

“El uso excesivo y abusivo de la prisión preventiva, inclusive el incremento a nivel constitucional de delitos colocan al ciudadano en el peor de los escenarios posibles, porque entonces se bajó el estándar para el ministerio público de iniciar un proceso penal”, detalló.

Norma Piña

Por su parte, la ministra Norma Piña expuso que más allá de meterse en las funciones del Poder Legislativo, la Suprema Corte estaría comparando a dos normas de la Constitución.

“A partir de la reforma constitucional de junio de 2011, todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales en que el Estado Mexicano sea parte”, aseguró la ministra.

Además, consideró que es deber de la Corte corregir este tipo de contradicciones en la Constitución.

“En términos del artículo 71 mencionado, al dictar la sentencia la Suprema Corte deberá corregir los errores que advierte en la cita de los preceptos invocados”.

Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena

Finalmente, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena también se mostró a favor del proyecto ya que sostuvo que en la Constitución se especifica que los Derechos Humanos deben estar protegidos sobre todas las cosas.

“La nuestra es una Constitución de principios que contiene compromisos profundos con los derechos humanos”, aseguró el ministro.

Además, sostuvo que esta figura viola los Derechos Humanos de las personas, ya que obliga a los jueces a dictar prisión sin pruebas, ya que está establecido que si se acusa a una persona de cometer ciertos crímenes, entonces estas deben de ir a prisión de manera automática.

“La modalidad oficiosa exime al ministerio público del deber de generar un acto privativo capaz de resistir el escrutinio judicial. Esto, pese a que ese acto representa la interferencia más intensa posible contra la libertad personal”, decretó.

A pesar de que todos los ministros ya dieron su posicionamiento, el ministro Luis María Aguilar, quien presentó el proyecto, pidió que sea hasta el jueves que se tome la votación, para tener tiempo de presentar una nueva propuesta.

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