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Nueva sentencia a Reynoso Femat por peculado

Reynoso Femat tendrá que reintegrar a las arcas públicas la diferencia de 18 millones de pesos, aunque no pisará la cárcel esta vez, ya que puede apelar la sentencia.

AGUASCALIENTES, Ags.- El juez sexto de lo penal, Alfredo Quiroz García, condenó al exgobernador del estado, Luis Armando Reynoso Femat , a dos años y diez meses de prisión por el delito de peculado y ejercicio indebido del servicio público.

Esta sentencia deriva de la causa penal 88/2014 que acredita a Reynoso Femat culpabilidad por la venta de predios propiedad del estado a la empresa Impulsora de Desarrollos Inmobiliarios, S. A, de C.V. a precios por debajo de su valor real.

Al momento de la transacción, el costo de los predios era de 72 millones de pesos, pero fueron vendidos a esa empresa, a través del Instituto de Vivienda del estado (IVEA), en 54 millones de pesos.

Reynoso Femat tendrá que reintegrar a las arcas públicas la diferencia de 18 millones de pesos. Sin embargo, tampoco pisará la cárcel esta vez, ya que puede apelar la sentencia y cuenta con amparos y pago de fianzas que le han permitido hasta ahora enfrentar éste y otros tres procesos abiertos en su contra en libertad provisional bajo caución.

Esto fue remarcado por el equipo de abogados del exgobernador en un comunicado firmado por Gastón Adán Zamarripa Ortiz, en el que se asienta que la sentencia emitida por Quiroz García no es definitiva y que por ello se recurrirá a la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado "para demostrar la no culpabilidad del acusado".

Anticipa, además, que en caso de que la sentencia de apelación les sea adversa se presentaría amparo directo en el Tribunal Colegiado de Circuito, donde eventualmente se resolvería el asunto.

A mediados de enero de este año el exgobernador fue también condenado por el Juzgado Segundo de lo Penal a purgar seis años y nueve meses de prisión por la compra simulada de un tomógrafo –expediente 0065/2013- que costó al erario público casi 14 millones de pesos, en cifras redondas.

Este delito no es considerado grave y puede ser conmutable mediante la reparación del daño.

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