Monterrey

Sara Lozano: Vicios legales contra la ciudadanía

Ninguna consulta popular, promovida por la ciudadanía, ha podido librar los requisitos ni los criterios de las autoridades.

Los mecanismos de democracia directa (MDD) latinoamericanos tienen vicios desde el nombre: lo mismo uno sirve para designar cosas diferentes, que ser diferentes para referirse a lo mismo o contener en uno lo que existe en otros.

En México tenemos una Consulta popular federal que es diferente a la consulta popular de Jalisco y se parece a la consulta popular de Nuevo León, pero aquí la consulta se diversifica, puede ser consulta popular en modalidad referéndum o modalidad plebiscito. Ya no les cuento de las sorpresas que trae la iniciativa o la consulta ciudadana.

Ojalá sólo fuera el nombre, la base jurídica que les da forma es ambigua en la mayoría de las constituciones de los países de América Latina, Uruguay es país boutique en estos temas. Es tan nociva esta ambigüedad que a la lupa de la ciencia ya se identifican algunos de estos vicios legales que dan al traste con la participación ciudadana.

Aquí se ha escrito mucho sobre la desatención a la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Nuevo León (LPC) que sigue sin reglamentación secundaria desde el 2017, asunto a cargo del gobierno estatal. De la consulta popular que sí votamos, la que promueve el gobernador, la que el tribunal avala aunque técnicamente no fuera una consulta popular, pero que finalmente la ciudadanía votó. Dos años después no hay señales de las casetas de primeros auxilios en los parques estatales, a nadie parece importarle que se cumpla con ese mandato ciudadano, que para colmo está en manos del mismo promotor.

Además, ya hay información suficiente para afirmar que la LPC es letra muerta. En los cuatro años de vida que tiene, ninguna consulta popular, promovida por la ciudadanía, ha podido librar los requisitos ni los criterios de las autoridades. Y son casi 20 los intentos que ha hecho la raza regia.

Aunque las autoridades – personas o instituciones – vuelquen su voluntad para fortalecer la participación ciudadana, los vicios jurídicos les dejan como fuegos fatuos. El ejemplo de esta semana es el voto particular que presentó la magistrada Claudia De La Garza, del Tribunal Estatal Electoral, en el que aporta una perspectiva diferente – pensando en la ciudadanía – legal que no legalista, en el más reciente asunto de consulta popular local.

Y no se diga la Ley Federal de Consulta Popular (LFCP) cuya reforma pone en evidencia todos los vicios identificados por la academia, y revela el problema fundamental: el Poder Legislativo no reconoce la diferencia entre una elección y los MDD cuando son dos cosas totalmente diferentes, con fines casi opuestos.

Lo único que tienen en común es que pasan por un proceso de votación, pero las elecciones van por un puesto para tomar decisiones a nombre de la ciudadanía, para representarles; mientras, los mecanismos de democracia directa sirven para reorientar las decisiones de quienes representan a la ciudadanía cuando no se está de acuerdo con lo que hace tal o cual representante.

El Poder Legislativo tendría que salir a ver el panorama desde la perspectiva ciudadana, ¿por qué pedirles firmas o por qué tantas firmas? Y dar respuestas sensatas. Si bien la discrecionalidad es una facultad de los y las legisladoras, y es subjetiva, pero no puede ser simplemente arbitraria.

Y bueno, que se sepa, ya hay caminos para detectar los vicios legales que impiden la participación ciudadana, así como la forma de solucionarlos. Una vez resueltos viene la apuesta: la ciudadanía participará más cuando los requisitos sean claros, sensatos y alcanzables.

La autora es Consejera Electoral en el estado de Nuevo León y promotora del cambio cultural a través de la Educación Cívica y la Participación Ciudadana.

Esta es una columna de opinión. Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad única de quien la firma y no hay que hacer que la postura editorial de El Financiero.

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