Monterrey

Publicidad política impresa resentirá nueva ley electoral, dice la IP

De acuerdo con los artículos 209 y 211 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la publicidad impresa para precampañas y campañas sólo podrá ser elaborada con material textil, medida que la Caintra califica de discriminatoria.

El sector privado manifestó su preocupación por las nuevas disposiciones en materia electoral, donde se establece que los artículos promocionales utilitarios para precampañas y campañas electorales sólo podrán ser elaborados con material textil.

Esta normativa regirá los procesos electorales del 2015 a nivel estatal y federal.

La Cámara de la Industria de la Transformación (Caintra) de Nuevo León manifestó su extrañamiento e inconformidad por las disposiciones establecidas en esta ley, en lo relativo al tipo de materiales de los que deberán estar fabricados los artículos utilitarios publicitarios para la propaganda preelectoral y electoral.


Empresas de fabricación y distribución de artículos promocionales de plástico y hule, impresores y papel, entre otros, se verán afectadas con esta limitante.

Esta disposición está contenida en los artículos 209 y 211 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que fue publicada en el Diario Oficial de la Federación del 23 de mayo del 2014.

"Consideramos que estas disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado 23 de mayo de 2014, no consideran a un gran número de fabricantes de artículos promocionales de muy diversos materiales y que tradicionalmente han podido participar sin ninguna restricción, lo que favorece la competencia por los mejores productos", señaló la Caintra.

El organismo empresarial demandó una revisión sobre este tema, así como los ajustes convenientes en beneficio de todo el sector productivo nacional, ya que discrimina abiertamente a fabricantes formales de todo el país, principalmente micro y pequeños.

La preocupación para varios sectores industriales es importante porque afecta no sólo a Nuevo León, sino a nivel nacional.

El artículo 209 de esta legislación establece en el punto número cuatro que "los artículos promocionales utilitarios sólo podrán ser elaborados con material textil".

Y cuanto a las precampañas electorales, el artículo 211 apunta que en "las precampañas sólo se podrán utilizar artículos textiles".

RECURSOS

Con la reforma político electoral que se acaba de aprobar en los recursos públicos que se van a dar a los partidos políticos para sus gastos de operación anual en Nuevo León van a subir 250 por ciento a partir de 2015, el incremento más alto del país, junto con Querétaro.

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