Monterrey

Propuesta de Reforma Fiscal del 2021 fortalece fiscalización y olvida el apoyo a la economía

El ICPNL destaca que a pesar del turbulento 2020 en materia económica en la propuesta existe una ausencia total de incentivos y apoyos a las empresas que puedan permitir su recuperación.

Las propuestas de Reformas Fiscales del 2021 carecen de una vía de apoyo para reactivar la economía y se enfocan más en fortalecer la fiscalización, criticó Ernesto Méndez Moreno, Presidente del Instituto de Contadores Públicos de Nuevo León (ICPNL).

"Al no haber aumentos de impuestos, se estima que la autoridad se centrará en incrementar el uso de sus facultades (auditorías, revisiones, vigilancia electrónica, etc.) para cubrir el presupuesto de ingresos del año 2021. En su mayoría, las iniciativas se encaminan a fortalecer las facultades de comprobación de la autoridad, lo que lleva a los contribuyentes a reforzar los cuidados en el cumplimiento de sus obligaciones", señaló Méndez Moreno.

Agregó que "el gran impacto económico que está dejando el año 2020 a consecuencia del Covid-19 parece no ser tomado en cuenta en la iniciativa del presupuesto 2021".

Señaló que la mayoría de los contribuyentes dependen del sector económico formal: asalariados, pequeños empresarios que actúan como personas físicas, empresas pequeñas y medianas y grandes corporaciones y su activación requiere ser atendida a la brevedad para el bienestar común, en ello se encuentra el sector público en su recaudación. Pero esto debe ser una consecuencia de lo primero.

"La iniciativa lo pasó de largo, pues no presenta sugerencia alguna para el título referente a Estímulos Fiscales (Titulo VII Ley de ISR) y se enfoca en su mayoría a fortalecer las facultades de las autoridades en sus acciones de comprobación", explicó.

EL ICPNL recordó que a inicios del mes de septiembre, fue presentada la propuesta de presupuesto 2021 a la cámara de diputados y actualmente se encuentra en discusión y análisis lo presentado, para ser turnado posteriormente a la cámara de senadores, para finalmente tener su aprobación final y ser publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Sobre esto observó que en el uso de tecnología, como cámaras de video y fotográficas, en como constancia de hechos detectados en sus visitas de comprobación que, "actualmente ya sucede, de una manera arbitraria. Al estar en ley se pretende establecer como ordenamiento formal esta facilidad. Esta situación intimida a los contribuyentes en su privacidad y a que pueda ser mal utilizada esa información.

"Se sugiere por parte de este Instituto que si se requieren videos o fotografías, ante casos específicamente definidos en la ley, se le dé la oportunidad al contribuyente de aportarlos. En caso de que no sucediera, entonces la autoridad pueda ejercer esta facultad estando debidamente justificado", indicó.

Adicionalmente propuso un orden de prelación ante el aseguramiento precautorio de bienes, iniciando con lo más líquido, como cuentas bancarias, inversiones, cuentas por cobrar, hasta llegar a lo menos líquido, como son los inmuebles, la negociación en su totalidad y derechos de autor.

"En conjunción con la regulación que inició el año 2020 sobre la responsabilidad penal y el embargo de bienes, este punto puede ayudar a tener mayor claridad a contribuyentes, sin embargo representa un riesgo mayor para la continuidad del negocio al potencialmente tener un bloqueo de las cuentas bancarias", detalló.

Sobre la importancia de mantener actualizado y localizado el domicilio fiscal el ICPNL apuntó que se incluye esta situación para que pueda proceder una devolución de impuestos y para que el orden de prelación de aseguramiento precautorio de bienes pueda ser aplicado.

Respecto a la definición de plazo para acudir a Acuerdo Conclusivo ante Prodecon a 15 días posteriores a levantamiento de acta final, notificación de observaciones o de resolución final; dijo que adicionalmente se impide acudir a esta instancia si ya se está en vías de notificación el crédito fiscal y apuntó que ante esta limitante de tiempo, el contribuyente deberá tener mayor organización de sus tiempos y procesos, por lo que sugirió ajustar este plazo a 30 días, para que exista un tiempo prudente en derecho, para llamar a esta instancia de defensa fiscal.

En la iniciativa de la publicación de parámetros de referencia respecto a utilidades, deducciones y tasa efectiva, de actividades de la industria apuntó que existen muchas dudas sobre cuáles serán las referencias de empresas ¿nacionales, internacionales, antes de la situación económica 2020? .

"Adicionalmente, la autoridad está tomando una postura donde presume que todas las empresas de un mismo giro, toman decisiones directivas, estratégicas, tecnológicas, de capital, exactamente iguales, lo que provoca incertidumbre.

"Esta iniciativa se sugiere que sea solamente informativa, como medio de orientación a contribuyentes, más no sea utilizado como parámetro de acción contributiva, pues no se apega a la realidad empresarial de cada contribuyente y se actúa en contra del principio de autodeterminación de las contribuciones", señaló .

Sobre las mayores restricciones a entidades no contributivas como son Asociaciones Civiles, en materia de comprobantes fiscales de sus deducciones, entre otros, el ICPNL refirió que no se está considerando que la mayoría de estas entidades actúan con un propósito social y recursos limitados, por lo que no todas podrán cumplir y provocaría que sus resultados fueran causantes de ISR, lo que mermaría la aplicación de sus recursos a cumplir con su objeto social.

"De este apartado se desprenden más puntos de impacto, que ahondaremos en un comunicado posterior, dada su relevancia para este tipo de entidades", explicó.

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