Monterrey

Pedro Trejo: Las reglamentaciones uniformes del T-MEC

Estás son útiles porque explican, dan ejemplos, metodologías, fórmulas y certeza, sobre cómo cumplir con las reglas de origen y sus nuevos requisitos.

Se anunció oficialmente que el TMEC entrará en vigor el 1° de julio próximo; sin embargo, aún no se publican las Reglamentaciones Uniformes (RU) para la interpretación, aplicación y administración de las reglas de origen (RO), particularmente innovadoras para el sector automotriz debido a los nuevos elementos que incorpora, entre otros por ejemplo, los porcentajes de acero y aluminio en la Regla de Costo Neto y el Índice Salarial, para determinar contenido regional.

Las RU son útiles porque explican, dan ejemplos, metodologías, fórmulas y certeza, sobre cómo cumplir con las reglas de origen del TMEC y sus nuevos requisitos. Prevemos que las RU del TMEC serán muy similares al TLCAN, ya que las RO y sus criterios poco varían en términos generales; pudiendo haber algunas actualizaciones en los ejemplos.

La creación de las RU tiene su antecedente en los grandes problemas que Estados Unidos y Canadá tuvieron que dilucidar, en relación a la aplicación de las RO del TLC celebrado entre ambos países en 1987, específicamente en cuanto a su interpretación y aplicación en el tema del valor de contenido regional de los coches Honda fabricados en Canadá, país que por esta razón promovió originalmente en el TLCAN el establecimiento de RU.

Inmediatamente después de que se firmó el TLCAN en 1993, las partes pusieron su atención en la elaboración de las RU y se formaron verdaderos equipos negociadores. Se acordó que tanto México como los Estados Unidos entregarán a Canadá sus puntos relacionados con las regulaciones uniformes con la finalidad que elaborara un primer proyecto, el cual se presentó a la consideración del grupo negociador. La revisión fue mínima y de esta manera las tres partes acordaron las RU. Canadá las publicó en su Official Gazette el 29 de diciembre de 1993; México lo hizo en el Diario Oficial el 30 de diciembre de 1993 y los Estados Unidos lo llevaron a cabo en el Federal Register, el 30 de diciembre de 1994.

El fundamento de las RU en el TMEC es el Artículo 5.16, que instruye a las partes adoptar o mantener mediante sus respectivas leyes o regulaciones, RU referentes a la interpretación, aplicación y administración del Capítulo 4 (Reglas de Origen), el Capítulo 6 (Mercancías Textiles y Prendas de Vestir), el Capítulo 7 (Administración Aduanera y Facilitación del Comercio) y de otros asuntos relacionados; creando para este fin un Comité de Origen que consultará regularmente para considerar modificaciones o adiciones a las RU para reducir su complejidad y proporcionar orientación práctica y útil para un mejor cumplimiento de las reglas y procedimientos, incluidos ejemplos u orientaciones de particular ayuda para las PyME´s.

Es por ello que en fechas próximas, es posible tengamos las Reglamentaciones Uniformes puestas en vigor en México, mediante la publicación de una resolución que establezca las reglamentaciones de carácter general relativas a la aplicación de las disposiciones en materia aduanera del TMEC. ¿Ya estamos preparados?

El autor es Socio Director de Consultoría y Servicios ENCOR.

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