Monterrey

Javier Torres: Razón de negocios y su enorme trascendencia en lo fiscal

Prevalece una mayor fiscalización por parte del SAT bajo la premisa de velar porque las empresas tengan utilidades "razonables".

Estimado Lector,

Una de las reformas fiscales más trascendentes en la historia de la legislación fiscal en México, es la denominada "cláusula o regla general antiabuso fiscal", la cual se integró a las leyes fiscales a partir de este año. Esta cláusula está relacionada íntimamente con la "razón de negocios".

Resulta que, a partir de 2020, cada vez que usted efectúe una operación; usted deberá de tener un "beneficio económico razonablemente esperado"; de lo contrario, nuestras autoridades fiscales mexicanas podrían "desconocer" y considerar a dichas operaciones como "fiscalmente incorrectas".

Pues mire, las autoridades fiscales (que forman parte del Poder Ejecutivo), durante septiembre del año pasado presentaron una propuesta de reforma fiscal; la cual argumentaba que muchos contribuyentes han venido durante años; efectuando "prácticas", que provocan un menor pago de impuestos. El SAT indicaba que muchos contribuyentes realizaban operaciones con el único objetivo de reducir su carga fiscal, es decir sin que tuvieran una verdadera "razón de negocios".

Me explico, el SAT señalaba que muchos contribuyentes al efectuar sus operaciones, lo hacían con el único objetivo y fin de bajar el monto de sus impuestos a pagar, y que dichas transacciones no contenían sentido de negocio.

Por lo anterior se propuso que el SAT tuviera la facultad de "recaracterizar" las operaciones de los contribuyentes; es decir, que las autoridades fiscales pudieran "opinar" cuanto sería el beneficio económico, y por ende poder cobrar el impuesto que ellos quisieran. Afortunadamente los legisladores "entendieron" lo peligroso que hubiera sido lo anterior y lo modificaron. Lo dejaron "menos agresivo".

Le informo, El SAT durante años ha venido retando a los contribuyentes, para que estos demuestren que sus operaciones tienen "materialidad", es decir que son reales. El desafiar la razón de negocios de una operación, es una estrategia fuerte de presión hacia los contribuyentes.

Créame que las autoridades se están "lamiendo los bigotes" para implementar la cláusula. Le doy un ejemplo, imagine usted que forma parte de una empresa que está en etapa de crecimiento. Para lo anterior usted requiere de fuentes de financiamiento que le permitan alcanzar sus metas/objetivos (en medio de este dificilísimo entorno económico actual). Derivado del financiamiento, se pagan intereses.

Pues resulta que pasan los años, y el SAT en el año 2023; se presenta ante usted con el objetivo de efectuarle una auditoría para verificar el adecuado cumplimiento de sus obligaciones fiscales. El SAT le solicita a usted sus estados de cuenta para revisar todos sus depósitos bancarios (entre estos el préstamo) que recibió en 2020.

Si usted no logra demostrarle al SAT el beneficio económico o razón de negocios por el cual se solicitó el financiamiento en 2020; el SAT podría considerar que los intereses a cargo que han generado dicho préstamo sean no deducibles.

Estimado lector, estamos ante un tema sumamente novedoso, pero que puede volverse muy peligroso para los contribuyentes. La "cláusula o regla general antiabuso fiscal" es una poderosísima herramienta que puede ser utilizada por el SAT para presionar muy agresivamente a los contribuyentes. Tenga mucho cuidado al respecto. Esto llegó para quedarse por lo que ¡Prepárese muy bien!

El autor es Miembro del Comité Fiscal del ICPNL.

Opine usted: javier@castelltowers.com

Esta es una columna de opinión. Las expresiones aquí vertidas son responsabilidad únicamente de quien la firma y no necesariamente reflejan la postura editorial de El Financiero.

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