Monterrey

Encarece CRE 800% tarifas de transmisión

Dos actos administrativos emitidos por el organismo disparan los costos por el uso de la red eléctrica para las empresas privadas.

Actualmente la Comisión Reguladora de Energía (CRE) está "electrocutando" la competitividad de las empresas del país, en plena crisis económica, al elevar las tarifas de transmisión hasta 800 por ciento, acusaron expertos.

Las tarifas de transmisión se aplican a los servicios que destinen la energía a cualquier uso, suministrados en alta tensión, nivel transmisión, y que por las características de utilización de su demanda las empresas solicitan inscribirse en este servicio con la vigencia mínima de un año.

Jorge Arrambide Montemayor, abogado experto del sector eléctrico del despacho regiomontano Santos Elizondo, explicó que dos resoluciones emitidas por la CRE están afectando duramente a productores legados de energía limpia y a consumidores.

"Nos referiremos primero a la resolución RES/893/2020 que tiene el objetivo principal de incrementar la tarifa de porteo para permisionarios legados y, en segundo lugar, a la RES/1094/2020 que impuso nuevas restricciones para agregar centros de carga a sus permisos y, efectivamente, limitar el acceso a este tipo de consumo eléctrico por usuarios básicos", señala Arrambide Montemayor.

Añadió que, "con estas dos acciones, se incrementaron las tarifas de transmisión hasta un 800 por ciento en el caso de baja tensión que, en la mayoría de los casos, se trasladan de forma directa a los consumidores".

Dijo que el razonamiento principal de la CRE buscar que se garantice la recuperación de los costos generados por la prestación de dicho servicio y el establecimiento de pagos justos y proporcionales por el uso de la red eléctrica.

Lo anterior, a fin de asegurar pagos justos y proporcionales por el uso de la red eléctrica ya que las tarifas de transmisión que se rigen bajo la Ley de la Industria Eléctrica son mayores a las que pagan los permisionarios legados.

"Suponiendo, sin conceder, que los argumentos de la CRE fuesen correctos, y haciendo a un lado las graves faltas procedimentales y administrativas para la aprobación y publicación de las resoluciones conforme a la ley, queda claro que este órgano regulador hizo a un lado a uno de los principios fundamentales del sistema jurídico mexicano, que es el principio de irretroactividad de la ley en perjuicio de los particulares consagrado en los artículos 14 y 16 Constitucionales.

"Ante estas circunstancias tanto permisionarios como consumidores, han presentado decenas de amparos indirectos en contra de las dos resoluciones aquí referidas, con el fin de pelear por el respeto a sus derechos", apunta el especialista del despacho Santos Elizondo.

Dijo que en la mayoría de los casos se han otorgado suspensiones definitivas y se está a la espera de que se celebren las audiencias constitucionales para conocer las resoluciones de los jueces de distrito.

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