Monterrey

Aldo Juárez: Las dos caras de la Declaración Anual 2019

Es importante que de la mano de asesores fiscales se analice la información para declarar, dando el tratamiento legal adecuado a cada recurso obtenido en el año .

Estimados lectores, como dice el dicho: "no hay fecha que no se llegue ni plazo que no se cumpla", así te recuerdo que este próximo 30 de junio se vence el plazo para presentar la Declaración Anual de Personas Físicas por el ejercicio 2019; suena curioso esa fecha pues estamos acostumbrados a que sea del 30 de abril de cada año como se establece en la legislación. Pero se dio una extensión de plazo tras la situación de la pandemia, así como por las fallas en el sistema para declarar, la saturación en la generación de la contraseña por internet y la renovación de la firma electrónica para poder declarar.

Pero antes de que declares, llego con esta tercera entrega para darte a conocer "Las dos caras de la Declaración Anual".

Por un lado, siempre es vista como un instrumento para obtener un saldo a favor y recuperar flujo de efectivo que dicho sea de paso nos hace tanta falta en esta época ya de crisis por la pandemia y que el mismo gobierno federal ha prometido acelerar las devoluciones. Dicho saldo a favor, puede ser tanto por tener en exceso retenciones del impuesto, como por la aplicación de deducciones personales, que principalmente son los honorarios médicos, los seguros de gastos médicos mayores y los intereses pagados por créditos hipotecarios para casa habitación, entre otras. Seguramente ya has visto en los distintos canales de comunicación del SAT la campaña "El SAT te devuelve" extendiendo la invitación a que declaremos para obtener un saldo a favor y nos han mostrado siempre esa cara de la moneda.

Pero, la otra cara, es que la Declaración Anual es un instrumento de fiscalización, dada la información que presenta, pues es el medio a través por cual manifestamos nuestros distintos ingresos acumulables para pagar impuestos como sueldos, honorarios, rentas de bienes, ventas de inmuebles, entre otros; pero también de aquellos ingresos que no se paga impuestos como la recepción de préstamos, donativos o herencias. Es decir manifestamos el origen de todos los recursos que obtuvimos en el ejercicio fiscal para hacer frente a nuestras necesidades. Y como decimos en el Norte (que somos apasionados de las carnes asadas) todo esto es carnita fresca para el SAT pues con ello va a iniciar la aplicación de procedimientos como:

• Discrepancia Fiscal.- donde los gastos son mayores a los ingresos de acuerdo a tu nivel de vida, y que si no demuestras el origen se convierte en delito de defraudación fiscal y bajo ciertos supuestos aplica sanciones como de delincuencia organizada.

• Impuestos a Cargo.- producto de no manifestar en los datos informativos los ingresos no acumulables como los préstamos u otros que ya mencionamos, o por omitir ingresos como comúnmente pasa con los intereses.

• Defraudación Fiscal. - al obtener una devolución de un impuesto improcedente o indebida, como por ejemplo la aplicación de deducciones o pérdidas fiscales inexistentes.

Luego entonces, es importante que de la mano de asesores fiscales se analice la información para la Declaración Anual, dando el tratamiento legal adecuado a cada recurso obtenido en el año para evitar inconsistencias, riesgos y sanciones innecesarias.

El autor es Contador Público y Lic. en Derecho y Socio Despacho Elizondo Cantú, S. C.

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