Monterrey

Marco Pérez: Aprueban los diputados tomar recursos de las afores

Como era de esperarse, el bloque de Diputados Federales de Morena y sus aliados, los cuales cuentan con mayoría simple, aprobaron la reforma que permite transferirle al Fondo de Pensiones para el Bienestar, (el cual todavía NO existe) los saldos de las subcuentas de Vivienda (Infonvit), de Retiro (SAR 92) y de Cesantía y Vejez (CV) de los trabajadores afiliados a las Afores, cuya edad sea de 70 años o más, cuya cuenta esté inactiva.

Esto, en principio, viola la Ley de la materia, ya que se establece que estos recursos son propiedad de los trabajadores, y son inembargables e imprescriptibles, y en el caso de la subcuenta de Vivienda, el saldo remanente se le deben entregar al propio trabajador, en una solo exhibición, y no se debe aplicar al pago de su pensión.

En el caso de la subcuenta del SAR 92, si bien para trabajadores que se van a pensionar con la Ley del IMSS de 1973, este saldo (al igual que el de Vivienda) se debe entregar al trabajador en una solo exhibición al pensionarse, para trabajadores Aforados, que se van a pensionar con la Ley de Julio de 1997, este saldo SAR 92 se suma a la subcuenta de Cesantía y Vejez, y los recursos ahorrados en estas subcuentas, de Retiro más CV, son los que usarán las Afores para pagarle al trabajador su pensión, ya sea por cesantía en edad avanzada (con edad de 60 a 64 años) o por vejez, a partir de los 65 años de edad.

Y es aquí donde la propuesta que acaban de aprobar los Diputados, presenta una grave deficiencia, ya que la pensión mínima con tope en 2024 de $16,777.68 pesos mensuales, que se va a financiar complementariamente con este Fondo, solo aplica a trabajadores que se van a jubilar por VEJEZ, a partir de los 65 años de edad, ya que la propuesta de López del 5 de Febrero, de esta pensión mínima NO APLICA a trabajadores que se vayan a jubilar por Cesantía en edad avanzada (de entre 60 y 64 años), por lo que es incongruente que se transfieran los saldos para la pensión de Cesantía, junto con los de Vejez, al referido Fondo.

Peor aún, la Ley del IMSS no separa cuanto de las aportaciones al seguro de Cesantía y Vejez, corresponde a cada tipo de pensión, por lo que es IMPOSIBLE determinar cuantos recursos van a cada modalidad pensionaria, y esto es un excelente argumento para invalidar esta reforma en tribunales.

Esto es una clara muestra que el Diputado Ignacio Mier (quien propuso la Reforma) y los Diputados que la acaban de aprobar, desconocen profundamente las disposiciones legales que proponen reformar.

Adicionalmente, están comiendo ansias los Diputados de Morena y sus aliados, ya que la propuesta de López, es al artículo 123 de la Constitución, donde se pretende incorporar el término de “Pensión Digna”, (cualquier cosa que esto signifique) y como sabemos, el Ejecutivo Federal NO CUENTA con los legisladores incondicionales que le permitan aprobar cambios a la Constitución, por lo que es un evento seguro que en ésta Legislatura, estas reformas NO SE VAN A APROBAR.

De aquí la importancia y la gran relevancia de que en estas próximas elecciones, se mantengan Morena y sus aliados SIN MAYORÍA CALIFICADA en las dos Cámaras, ya que otra manera, podrían reformar la Constitución como se les antoje, situación QUE POR NINGUN MOTIVO DEBE OCURRIR.

Entonces, si aún no existe la figura de la “Pensión Digna” que este Fondo va a financiar de manera complementaria, ¿Cuál necesidad imperiosa de darle recursos?

Más aún, y no espero que me retribuya la 4T por este consejo, lo recomendable, es que se legisle para que este apoyo complementario que va a financiar este nuevo Fondo, (al igual que la pensión mínima garantizada a cargo del Gobierno Federal) entre en operación AL FINAL del pago por retiro programado, o sea, cuando el saldo ahorrado en la Afore se termine, y no de manera inmediata, como complemento a la pensión determinada por la Afore.

Esto es muy importante, porque la propuesta de reforma al artículo 123 NO contiene la forma de pago a cargo del Fondo, para llevar la pensión a los $16,777.68 pesos al mes, por lo que es importante reformar la Ley secundaria para establecer que la Afore deberá pagar este monto (y no el determinado por sus disposiciones) CON LOS RECURSOS AHORRADOS, hasta que se agoten, y posteriormente, solicitar al Fondo recursos para seguir pagando esta pensión.

Obviamente, esto despresuriza la necesidad de fondear de inmediato este nuevo Fondo, ya que sus obligaciones de pago se podrían diferir por muchos años, hasta que el saldo ahorrado en la Afore se agote.

Con esta simple reforma, que podrían aprobar de inmediato Morena y sus aliados, aprovechando la mayoría simple que tienen, se podría desactivar la necesidad de fondear de inmediato este Fondo, aún inexistente.

Finalmente, pocos saben que el Gobierno Federal aún tiene como deuda pública titulada, al mes de febrero de este año, $194 mil millones de pesos que se gastó del SAR 92, y que no les ha devuelto a sus legítimos dueños, ya que estos recursos no han sido reclamados, sin que haya habido una campaña efectiva, ni por parte de Hacienda, ni por parte de las Afores, para identificarlos, y regresar este dinero a sus legítimos dueños, por lo que ahora sería un gran oportunidad, de aprobarse esta reforma y este Fondo complementario, para que Hacienda pague esta deuda, y estos recursos se apliquen en beneficio de los trabajadores.

Aquí lo conducente, es que cada trabajador cheque su saldo en esta subcuenta de SAR 92, y revise que haya recursos, sobre todo si trabajó entre 1992 y Junio de 1997, porque su patrón debió haber aportado el 2% de su salario, recursos que fueron transferidos a Hacienda, la cual se los gastó, y si la cuenta no checa, que proceda a reclamarlos a través de su Afore.

Finalmente, de operar este Fondo, se deberán buscar fuentes permanentes de recursos, en términos de flujo, y no en aportaciones de una sola vez, para que en el largo plazo se generen anualmente los fondos necesarios para que el Fondo opere regularmente.

Marco Pérez

Marco Pérez

Economista especialista en finanzas públicas, Socio Director de Econometría Aplicada SC, Conferencista y Catedrático a nivel doctorado.

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