Mis Finanzas

¿Qué puedo llevar en mi maleta al volver de viaje?

Si viajarás estas vacaciones, considera que hay un límite de 500 dólares en artículos que puedes portar adicionales al equipaje, al arribar por avión o crucero. Aplica por pasajero.

¿Vas de vacaciones al extranjero? o ¿vienes de visita a México?
Para evitar decomisos o pagar por mercancías excedentes en la aduana mexicana, es importante considerar qué artículos y cuántos puedes portar en tu maleta.

Tu "franquicia", es el valor de tu mercancía adicional a tu equipaje personal. No debe rebasar los 500 dólares y aplica todo el año, si llegas por avión y vía marítima.

También aplica vía terrestre, pero sólo si eres mexicano y del 12 de junio al 17 de agosto.

Si no eres mexicano y llegas por tierra la franquicia es de 300 dólares durante todo el año, señala información del Servicio de Administración Tributaria (SAT).


Para determinar tu franquicia considera que el equipaje personal contempla ropa, calzado, productos de aseo y belleza, acordes a la duración del viaje y dos cámaras fotográficas o de videograbación. Asimismo, dos equipos deportivos personales, tres celulares, una lap top, cinco juguetes, una consola de videojuegos, cinco videojuegos y hasta tres mascotas de compañía. Revisa la lista completa en la página del SAT: www.sat.gob.mx.

Los pasajeros mayores de 18 años, pueden traer un máximo de 10 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco; tres litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.

Si tu equipaje personal es rebasado, por ejemplo, si traes seis juguetes, en vez de cinco, el juguete extra, entra en tu franquicia.

Si traes ropa de bebé nueva, que se entiende no es parte de tu equipaje personal, también entra en la franquicia, pero si entre el valor de los juguetes extra y la ropa, superas los 500 dólares tendrás que pagar una tasa global de 16 por ciento del valor de la mercancía excedente, explicó Michel de la Paz, director de Intertraffic.

La franquicia no es aplicable para bebidas alcohólicas, ni tabacos labrados, por lo que no deberás traer más de tres litros de licor, por ejemplo, o será decomisado.

"Recomiendo que siempre declares la verdad, que investigues antes de viajar al extranjero, qué puede entrar y qué no a tu regreso. El desconocimiento no te exenta de la aplicación de la ley", comentó Eva Paola Rechy, agente aduanal.

También es importante que declares si traes efectivo o documentos por cobrar, que sumados excedan los 10 mil dólares. Portarlos no es un delito, pero no declararlos sí.

No está de más recordar que está prohibido traer alimentos, plantas, semillas, armas y drogas.

Evita también productos o artesanías hechos con piel de animales exóticos o en peligro de extinción.

Recuerda que si te toca semáforo verde, pero la autoridad detecta algo sospechoso en tu maleta al ser escaneada, o conductas anormales, pueden revisar tu equipaje.

TIPS
Declara. En caso de traer efectivo o documentos por cobrar, que sumados excedan los 10 mil dólares. Portarlos no es un delito, no declararlos sí.

Paga. Tus excedentes de franquicia con tarjetas de crédito, débito o efectivo. Debes pagar una tasa de 16 por ciento sobre el valor de la mercancía excedente.

La franquicia. A la que tiene derecho cada integrante de la familia puede acumularse si viajan juntos en el mismo medio de transporte, excepto si eres residente de la franja o región fronteriza.

Demuestra. El valor de las mercancías que forman parte de la franquicia con las facturas o los comprobantes de venta.

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