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¿Tu casa es del Infonavit y fue afectada por el sismo? Aplica el seguro de daños

Si tu casa o departamento lo adquiriste con un crédito del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, te explicamos qué debes hacer para aplicar la póliza.

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) detalló cómo usar el Seguro de daños en caso de afectaciones a la vivienda tras los sismos ocurridos los días 7 y 19 de septiembre.

En su página de Internet, el organismo explica que se trata de un programa de aseguramiento para las viviendas que son garantía de créditos hipotecarios otorgados por el Instituto, cuya deuda no haya sido completamente liquidada a la fecha del siniestro y se encuentren al corriente en el pago de su crédito.

Dicho seguro, puntualiza, no aplica para créditos Mejoravit y en el caso de los créditos cofinanciados, sólo aplica a la parte financiada por el Infonavit. En los créditos conyugales aplica en primer lugar al crédito principal, si este se encuentra liquidado, se aplica al crédito conyugal.

En el caso de que la aseguradora, a través de su despacho de ajustadores determine pérdida total de la vivienda, se solicitará la liquidación del crédito, es decir, el saldo que se tenga en la fecha en la que se entregue la carta donde se confirma esta opción.

Para ello se requiere entregar una carta en las oficinas del Infonavit de la localidad, donde se indique que por así convenir a los intereses, se solicita la liquidación del crédito y debe incluir firma autógrafa.

En caso de que la aseguradora, a través de su despacho de ajustadores determine pérdida parcial de la vivienda, el pago o aplicación del Seguro de Daños será definido por el Infonavit.

El apoyo para pérdida de enseres será aplicado en caso de riesgos hidrometeorológicos atribuibles a huracanes categoría 3 o superiores bajo la escala Beaufort o inundación.

Esta póliza también es válida por sismos con una escala de 5.5 grados o mayor, incendio o por cualquier razón que se hubiese declarado zona de desastre por la autoridad competente o se haya puesto en marcha el Plan DN-III en el estado donde se encuentran las viviendas dañadas de los acreditados.

Los bienes no cubiertos serán los contenidos de los inmuebles, como mobiliarios, equipos, dinero en efectivo, valores, obligaciones u otros documentos negociables, alhajas, piedras preciosas y cualquier otro artículo de este tipo, de acuerdo con el Infonavit.

Entre los riesgos cubiertos menciona incendios, terremotos, erupciones volcánicas, desplazamientos de terreno, siempre que este se presente de manera súbita e imprevista, así como inundación, explosión, huracán, ciclón, granizo o nieve, vientos tempestuosos, objetos caídos de aviones y caída de árboles.

Entre los riesgos no cubiertos están los daños causados por o resultantes en el desarrollo, distribución, proceso, manufactura, construcción, instalación del bien asegurado.

También se incluyen los causados por o resultantes de cualquier falla, deficiencia o defecto de planear, desarrollar, asentar, reparación, construcción, remodelación, del bien asegurado, así como en los materiales usados en lo antes mencionado.

El Infonavit también estipula en este apartado daños existentes antes del siniestro, daños paulatinos en la vivienda, daños en la vivienda por falta de mantenimiento, entre otros.

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