Empresas

Outsourcing contará con créditos de vivienda

Los diputados aprobaron adicionar un artículo a la Ley del Infonavit para que las empresas paguen las cuotas de los empleados subcontratados, considerando considerar a las empresas contratistas como patrones y no intermediarios.

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó adicionar un artículo a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), para que las empresas también paguen las cuotas de los trabajadores contratados a través de outsourcing.

Con este dictamen, aprobado por 441 votos en favor y uno en contra, y que fue enviado al Senado para su revisión, se establece la responsabilidad solidaria entre un patrón y un intermediario laboral o contratista sobre las obligaciones laborales con el trabajador.

Entre lo propuesto destaca: considerar a las empresas contratistas como patrones y no intermediarios; así como precisar que el patrón contratante será responsable de las obligaciones laborales si el contratista omite su cumplimiento.

Ello, en razón de que las actividades contratadas son iguales o similares a las prestadas por los trabajadores del primero o no se justifica el carácter especializado.

Y establecer que las empresas contratantes y contratistas deberán comunicar trimestralmente ante la delegación de recaudación correspondiente al domicilio del patrón o sujeto obligado la información de las partes contratantes y del contenido del contrato.

La adición al Artículo 29 bis a la Ley del Infonavit significa que si una empresa subcontratista incumple la obligación de dar a sus trabajadores acceso a créditos para vivienda, la compañía que se beneficia con sus servicios tenga la obligación de otorgárselos.

Cabe señalar que en agosto pasado, los diputados Ossiel Omar Niaves López, Patricio Flores Sandoval y Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez, del PRI, presentaron la iniciativa de la cual deriva el dictamen, misma que fue turnada a la Comisión de Vivienda para su análisis.

En sus consideraciones se indica que en la reforma laboral, promulgada en noviembre de 2012, se reconoció a la tercerización de servicios (subcontratación) como una forma accesible para que empresas pudieran tener mayor productividad mediante la utilización de servicios especializados ofrecidos por una empresa contratista.

Con esta reforma se les dio la calidad de patrón a las empresas subcontratistas o contratistas, por lo que están obligadas a proporcionar vivienda a sus trabajadores, de conformidad con lo que establece el Artículo 136 de la Ley Federal del Trabajo y el del Artículo 123, Apartado A, de la Constitución, agrega.

No obstante, señala la necesidad de armonizar los criterios entre Leyes del Seguro Social, Federal del Trabajo y del Infonavit, para evitar lagunas legales o vacíos que impidan la actuación del Infonavit dentro de los parámetros legales.

"El carácter de responsable solidario y sujeto obligado que se intenta establecer en la Ley del Infonavit, garantizaría a los trabajadores el cumplimiento de las obligaciones laborales por parte de los sujetos obligados y además, coadyuvaría a la mejora recaudatoria del Instituto", expresa el documento.

En el artículo que se busca adicionar a la Ley del Infonavit se prevé, además, que las empresas contratantes y contratistas estén obligadas a comunicar trimestralmente ante la delegación de recaudación correspondiente, información sobre los contratos celebrados en ese periodo.

Esta medida "le permitiría al instituto dotarse de la información indispensable para hacer efectivas sus facultades fiscales de comprobación, obligando a los intermediarios y patrones subcontratistas o contratistas a enterar sobre los contratos de servicios prestados a otras empresas", se desprende del dictamen.

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