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Medidas de IFT deben considerar estatus actual de mercado: Televisa

Grupo Televisa señaló que la resolución sobre poder sustancial del Instituto Federal de Telecomunicaciones se basa en un análisis que contempla las condiciones de mercado en años anteriores. 

Grupo Televisa considera que las medidas que el IFT aplique a la empresa por poder sustancial en televisión de paga deben ser razonables y además estar en tiempo y forma con las condiciones actuales de mercado, aseguró Alfonso de Angoitia Noriega, vicepresidente ejecutivo del grupo.

En conferencia con analistas tras la emisión de resultados del primer trimestre de este año, el directivo reiteró que la televisora considera que el fallo de la autoridad reguladora no es constitucional y por ello promovió un amparo en defensa de la medida, a la espera de que se resuelva.

"No podemos especular sobre las medidas potenciales que el IFT puede o no tomar, lo que podemos decir es que la decisión de la ley y de la Corte tienen que ser razonables. Tienen que ser relevantes y también muy específicas en el tiempo y las condiciones actuales del mercado, lo cual es un desafío para el regulador", subrayó De Angoitia.

Aunque en septiembre del 2015 el órgano regulador resolvió que la televisora controlada por Emilio Azcárraga Jean no poseía poder sustancial en TV de paga, el IFT tuvo que reabrir el expediente por orden judicial, derivado de un litigio de Televisión del Valle de México (TVM), una filial de Televisión Azteca.

El directivo hizo hincapié en que la resolución sobre poder sustancial se basa en un análisis que contempla las condiciones de mercado en años anteriores, por lo que estima que no corresponden a la participación ni a las condiciones actuales.

En el primer trimestre de este año, el débil crecimiento en las ventas de las divisiones de Sky y Cable, así como una contracción en los ingresos del negocio de publicidad, provocaron que el flujo operativo (EBITDA) de creciera apenas 3.6 por ciento.

Este desempeño es inferior al observado en el primer trimestre de 2016, cuando en ambos casos registraron incrementos de doble dígito.

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