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IFT publica disposiciones técnicas de interconexión

En el Diario Oficial de la Federación, el regulador publicó las condiciones mecánicas y eléctricas de la disposición técnica IFT-004-2014: Interfaz a redes públicas para equipos terminales. 

El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emitió dos disposiciones técnicas de interfaz a redes públicas para equipos terminales.

En un primer acuerdo, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el organismo detalla las condiciones mecánicas y eléctricas de la disposición técnica IFT-004-2014: Interfaz a redes públicas para equipos terminales.

También prevé los métodos de prueba, de los parámetros técnicos mínimos necesarios que debe cumplir todo aquel equipo terminal que se conecte o interconecte a través de un acceso alámbrico a una red pública de telecomunicaciones.

Subraya que la disposición es aplicable a equipos terminales inalámbricos que utilizan bandas de radiofrecuencia para enlazar a un equipo portátil con una radiobase, la cual a su vez, se encuentra conectada físicamente a través de un acceso alámbrico a una red pública de telecomunicaciones.

Así, precisa, los requerimientos técnicos para equipo terminal cubren aspectos como evitar daños a las redes públicas de telecomunicaciones contra todo perjuicio y la degradación de los servicios que en ella se prestan.

De igual forma, busca evitar interferencia y asegurar la compatibilidad electromagnética a dichas redes y usuarios del espectro electromagnético, y garantizar la seguridad de los operadores y público en general, y la interoperabilidad con las redes públicas de telecomunicaciones.

Para el IFT, la disposición pretende además evitar el mal funcionamiento de los equipos de tasación, cobro y facturación.

Respecto a la segunda disposición, IFT-005-2014: Interfaz digital a redes públicas (interfaz digital a 2 048 kbit/s), señala que tiene por objeto establecer las características técnicas mínimas para la interconexión entre redes de compañías operadoras de telecomunicaciones.

El propósito de la disposición, apunta, es buscar certidumbre jurídica respecto de las características técnicas que debe cumplir la interfaz digital a 2,048 kbit/s que son las mínimas necesarias para obtener una total compatibilidad en la capa 1 del modelo de Interconexión de sistemas abiertos y por lo tanto un enlace satisfactorio entre dos redes que se interconectan.

Asimismo, añade, dotar de vigencia a las obligaciones establecidas a cargo de los operadores de servicios de telecomunicaciones que requieran interconectar sus redes.

El IFT agrega que ambas disposiciones tendrán una vigencia de 12 meses contados a partir del próximo 19 de enero, cuando entran en vigor.

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