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Corte rechaza amparo a Sanborns, de Carlos Slim, para vender cigarros electrónicos

La Segunda Sala desechó el proyecto con el que se buscaba amparar a la empresa en la venta de estos productos.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un revés a la empresa de Carlos Slim, al negarle un amparo en revisión que buscaba mantener la venta de cigarros electrónicos en Sanborns.

"Se desecha el proyecto contra actos del Congreso de la Unión y otras autoridades consistentes en la Ley General para el Control del Tabaco, específicamente el artículo 16, fracción VI", indicó la Corte en la lista de asuntos resueltos este día.

Con ello, se mantiene vigente la decisión de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) de prohibir la importación y venta de estos productos por parte de Sanborns.

Por mayoría de tres votos a dos, la Segunda Sala rechazó el proyecto del ministro Javier Laynez donde proponían amparar a la firma de Slim para la venta de cigarros electrónicos, prohibidos por las autoridades sanitarias por sus altos riesgos para la salud.

Según el proyecto, Sanborns presentó una consulta ante la Cofepris para obtener los permisos necesarios para importar y vender cigarros electrónicos.

El proyecto se regresó al ministro Luis María Aguilar Morales, quien deberá presentar uno nuevo donde se le niega dicho amparo a la compañía.

A partir del 20 de febrero quedó prohibida la importación de cigarrillos electrónicos al país, de acuerdo con un decreto presidencial publicado ese mes.

Esto, con el fin de evitar que el daño en la población, particularmente en jóvenes, sea irreversible a causa de este producto.

Sin embargo, ya desde mayo de 2008, se prohibió el comercio de cigarrillos electrónicos en el país como parte de la Ley General para el Control del Tabaco.

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