Economía

STPS inicia vigilancia para el pago de aguinaldo en centros de trabajo

El operativo consistirá en que las delegaciones, subdelegaciones y oficinas federales del trabajo realizarán visitas de inspección de asesoría a las empresas para orientar a los patrones.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) puso en marcha el Operativo Aguinaldo 2014-2015 para vigilar que las empresas cumplan con la obligación del pago del aguinaldo a todos los trabajadores del país antes del 20 de diciembre.

La dependencia apuntó que el operativo iniciará el 15 de diciembre de 2014 y concluirá el 27 de febrero de 2015, y consistirá en que las delegaciones, subdelegaciones y oficinas federales del trabajo realizarán visitas de inspección de asesoría y asistencia técnica en centros de trabajo de jurisdicción federal y local para orientar a los patrones sobre su obligación de dicho pago.

El Operativo Aguinaldo 2014-1015 establece que las instituciones priorizarán las visitas a aquellas empresas con quejas ante la Profedet por no haber pagado el aguinaldo, o se tenga conocimiento por cualquier medio que incumplen con dichas obligaciones, por lo tanto se mantendrá contacto directo y permanente con la citada autoridad a fin de realizar el intercambio de información y realizar una vigilancia focalizada.


Posteriormente, visitarán los centros de trabajo que hayan tenido como resultado en su desahogo negativa patronal en el desarrollo del operativo de Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las empresas (PTU) 2014 o no hayan enviado respuesta a la carta invitación en el marco de dicho operativo.

Finalmente, las delegaciones, subdelegaciones y oficinas federales del trabajo visitarán a aquellas empresas que durante el Operativo de Aguinaldo 2013-2014, no hayan acreditado el derecho laboral de carácter económico.

El Operativo Aguinaldo 2014-1015 de la STPS establece que en caso de que el patrón de los centros de trabajo de jurisdicción federal se niegue a la práctica de la visita de asesoría y asistencia técnica, las instituciones programarán una visita extraordinaria de inmediato y cuando se trate de centros de trabajo de jurisdicción local se le hará saber a las autoridades laborales competitivas.

En la inspección extraordinaria, verificarán que se haya pagado el aguinaldo anual a los trabajadores que tengan derecho al mismo, la cantidad equivalente a 15 días de salario, por lo menos.

Asimismo, en el caso de los trabajadores que no hayan cumplido un año de servicios y que se encuentren laborando, se corroborará que se haya cubierto la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado.

El titular de la STPS, Alfonso Navarrete Prida, recordó que el aguinaldo es un derecho de todos los trabajadores, sin excepción alguna, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado o eventuales, así como para los comisionistas, los agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la la Ley Federal del Trabajo (LFT).

La LFT establece que el aguinaldo es un derecho irrenunciable que debe ser entregado en un sólo pago antes del 20 de diciembre, por un monto mínimo equivalente a 15 días de salario, y con base en el artículo 1002 de dicha legislación, los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo o lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa que va de los 50 a los 5 mil salarios mínimos.

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