Economía

SAT detecta que petroleras ‘se hacen pato’ con un pago de ISR

El Servicio de Administración Tributaria detectó que las empresas realizan pagos a residentes en el extranjero por equipos para la exploración o extracción de hidrocarburos, pero con prácticas fiscales indebidas, ya que olvidan que son regalías.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) detectó prácticas fiscales 'indebidas' en la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por parte de empresas que realizan pagos a residentes en el extranjero por concepto de renta de equipos para la exploración o extracción de hidrocarburos que comenzó con la Ley de Hidrocarburos, emanada de la Reforma Energética.

"Se considera que realizan una práctica fiscal indebida: Quienes, de conformidad con la Ley del ISR, no efectúen la retención y el entero de dicho impuesto correspondiente a los pagos que realicen a residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional, por concepto de arrendamiento o fletamento a casco desnudo, cuando los bienes objeto de éstos sean aprovechados en territorio nacional, o cuando el pago respectivo sea realizado por un residente en territorio nacional o un residente en el extranjero con establecimiento permanente en el país", señaló el SAT en el Anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal publicada el 4 de octubre.

El documento también considera que quien asesora, aconseja o presta servicios en este tipo de actividades incurre en una 'práctica fiscal indebida'.

Juan Manuel Franco, vicepresidente de la Comisión Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), consideró que el SAT tiene razón en señalar la práctica indebida, ya que al arrendamiento de equipos industriales de cualquier sector se le debe dar el tratamiento de regalías a los pagos que se hacen por la renta, pues así lo define el Código Fiscal de la Federación y, en consecuencia, están sujetos a la retención del ISR.

"Lo que sorprende es que las empresas no hayan aplicado la retención pensando que no hay cierta riqueza en territorio nacional siendo que definitivamente es un pago de regalías", comentó el experto.

En este sentido, Franco señaló que es importante cuidar la tasa de retención porque, si bien es cierto que la Ley de ISR establece que hay que retener el 15 por ciento, hay tratados con los que conforme la residencia en el extranjero la tasa puede ser menor.

"Por ejemplo, los pagos de regalías a residentes en Estados Unidos, la retención es del diez por ciento en lugar del 15 por ciento", mencionó.

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