Economía

SAT da prórroga para presentar declaración

Gracias al ajuste para la aplicación de las declaraciones, las personas físicas tendrán un periodo extraordinario para cumplir con sus obligaciones fiscales.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió el plazo para que las personas físicas que tienen la obligación de presentar en febrero su declaración mensual de enero, lo hagan en marzo, cuando podrán contar con una aplicación más sencilla para ello.

"Estamos concediendo un mes más para que puedan utilizar una aplicación más sencilla en la presentación de declaraciones, tanto de pagos provisionales como definitivos de enero, en marzo", indicó Aristóteles Núñez.

Eso significa que harían juntas las declaraciones de enero y febrero en marzo, y con ello se estaría otorgando una facilidad.

El Jefe del SAT indicó que las aplicaciones se están ajustando para que los contribuyentes personas físicas puedan presentar sus declaraciones conforme a las nuevas disposiciones de la ley, ya que es precisamente en enero, que se cubre en febrero, cuando entran en vigor las disposiciones de la reforma fiscal.

Como otro cambio dentro de la Resolución Miscelánea para 2014, Núñez Sánchez refirió una ampliación en el plazo para la presentación de las declaraciones de las personas físicas que se dedican a la enajenación de mercancías o prestan servicios y están dentro del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).

Recordó que ellos tienen la obligación de presentar declaraciones bimestrales y que ahora las correspondientes a los meses de enero y febrero las tendrían que presentar en marzo.

INGRESOS DE 100 MDP POR LISTA NEGRA

Por otra parte, entrevistado al término de una reunión con los representantes de los medios de comunicación, el funcionario informó que la lista de contribuyentes incumplidos que el SAT empezó a publicar desde el 1 de enero, produjo una recaudación de aproximadamente cien millones de pesos en las dos primeras semanas del año.

Lo anterior, destacó el Jefe del SAT, a pesar de que esta medida, establecida en el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF), no busca recaudar de manera directa de estos contribuyentes.

En este sentido, Juan Carlos Roa, abogado fiscalista y socio de impuestos de la firma Deloitte, dijo a El Financiero que dicho efecto recaudatorio tiene que ver con varios factores.

Uno de ellos es que las leyes del IVA e IEPS sobre modificaciones en sus tasas, establecían que si se pagaba en los primeros 10 días del año, que luego se amplió mediante un arreglo en la Miscelánea hasta el 20 de enero, se permitía utilizar todavía las tasas del año pasado.

Indicó que posiblemente esto provocó muchas operaciones en enero, aunque seguramente también influyó el tema de la publicación de la lista de contribuyentes incumplidos.

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