Economía

Revés a Sener ‘tira’ iniciativa eléctrica de la 4T

Especialistas explicaron que la Suprema Corte invalidó los cambios que el Gobierno busca hacer a la Ley de la Industria Eléctrica y reconoció el derecho humano del consumidor a estar protegido de abusos.

El revés que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio a la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional (SEN), que publicó en mayo de 2020 la Secretaría de Energía (Sener), invalidaría los cambios que el Gobierno busca hacer mediante la iniciativa preferente de reformas a la Ley de la Industria Eléctrica, que el presidente Andrés Manuel López Obrador envió al Congreso, coincidieron juristas del sector energético.

"Lo que queda claro es que no podría replicarse lo que la Corte declaró inválido por ser inconstitucional", indicó Julia González, asociada sénior del despacho González Calvillo, durante un foro del Encuentro Internacional de Energía.

Por su parte, Amanda Valdez, abogada del despacho Dentons López Velarde, sostuvo que con el revés a la política de Sener, la Corte reconoció el derecho humano del consumidor a estar protegido de abusos, y que ese principio aplica a todas las autoridades en el ejercicio de sus facultades.

"Todas las autoridades deben actuar en consecuencia a ese principio, y eso alcanza al Ejecutivo y al Legislativo, porque debe actuar dentro del marco constitucional", declaró la experta.

"El hecho de que la iniciativa retome conceptos que la Corte ya determinó que son contrarios a la competencia y la libre concurrencia, los cual es reconocido como un principio constitucional, es anticipable que en futuras controversias, esas posibles reformas a la Ley de la industria eléctrica, acaben siendo bajo esos principios y bajo la misma línea de argumentación, declarados no válidos o anticonstitucionales", agregó.

Entrevistada por separado, Diana Pineda, socia del despacho González Calvillo, previó que si la iniciativa se aprueba en sus actuales términos, las acciones de control constitucional que presenten los privados para defenderse se basarán en las decisiones que tomó la Corte respecto a la política de confiabilidad.

"Si se aprueba la Ley, un afectado puede interponer un juicio de amparo, por ejemplo, los generadores o los productores independientes de energía. También se podría promover otra controversia constitucional, o la acción de inconstitucionalidad", agregó.

En tanto, Susana Cazorla, analista del sector energético, destacó que si se junta 33 por ciento de la votación en alguna de las cámaras, "los legisladores pueden solicitar la inconstitucionalidad de la iniciativa preferente", lo que frenaría el proyecto que pretende dar prioridad al despacho de la energía generada por las plantas de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), principalmente de las hidroeléctricas.

Agregó que también es válido interponer acciones colectivas cuando los afectados están en su derecho a tener un medio ambiente sano, y que es necesario crear una asociación que represente los intereses de los consumidores.

La decisión de la Corte, expresó la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), abre un nuevo capítulo para las energías renovables en México y cierra uno para las energías contaminantes e ineficientes.

"Tras la resolución de la SCJN, se debe cerrar el capítulo de la apuesta por las energías contaminantes, ineficientes y de alto costo para iniciar uno nuevo, en el que la generación de energías renovables e inagotables, como la solar y eólica, permitan contar con un sistema energético sostenible", expuso en un comunicado.

Miriam Grunstein, socia sénior de Brilliant Energy Consulting, advirtió que en paneles internacionales los inversionistas pueden reclamar expropiación indirecta, aunque no es tan fácil de acreditarse.

"Se necesita un valor probatorio sustantivo para que respalde la expropiación indirecta. Que la rentabilidad esperada esté gravemente afectada y con base en eso, a que se determine la expropiación indirecta, procede la indemnización", aseguró en una conferencia del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO).

Sigue la constitución

La consultora de riesgo político, Eurasia Group, coincidió que sería inconstitucional aprobar la iniciativa sin cambios por la similitud que tiene con la política de Sener, sin embargo, advirtió que el gobierno podría cambiar la Constitución en la segunda mitad del sexenio.

"La capacidad del gobierno para deshacer completamente la apertura energética se ha debilitado, pero utilizará todas las herramientas a su disposición para seguir realizando cambios regulatorios que dificulten la operación de las empresas privadas en el sector", opinó la firma.

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