Economía

Prisión preventiva por modalidad de outsourcing es para inhibir esta práctica dañina: Romero Aranda

Las empresas que han incurrido en estas prácticas tienen la oportunidad de regularizarse, de lo contrario, la autoridad tendrá que aplicar las consecuencias legales sea quien sea, dijo el procurador fiscal.

El titular de la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF), Carlos Romero Aranda, aseguró que, si bien el outsourcing ilegal se encuentra tipificado en la reforma fiscal-penal, en la iniciativa presidencial que prohíbe la subcontratación se calificó el esquema como delito de defraudación fiscal y prisión preventiva para conseguir un efecto inhibidor de ese esquema de contratación.

Al participar en el Parlamento Abierto en materia de subcontratación, organizado por la Cámara de Diputados, señaló que la iniciativa busca terminar con los casos de defraudación fiscal, con la subcontratación de personal y la simulación de prestaciones de servicios especializados, lo que trastoca los derechos de los trabajadores y ocasiona perjuicio al fisco.

Sostuvo que desde su perspectiva el personal de una empresa no se subcontrata, sino que se contrata directamente, de tal modo que la empresa asuma las consecuencias jurídicas que conlleva a esa contratación.

Asimismo, añadió que las actividades principales de una asociación mercantil no se subcontratan, sino que se realizan con la estructura propia de la entidad en cuestión, es la razón de ser de las personas morales.

Por ello, cuando se crea una serie de empresas para aparentar en "mero" papel una relación de tercerización con el personal que labora directamente para el contribuyente, lo que se encuentra es una actividad delictiva.

"El mensaje debe ser claro: las simulaciones de esta índole serán sancionadas con penas de prisión agravadas, por ende, una de las propuestas de esta iniciativa consiste en modificar el Artículo 108 del Código Fiscal de la Federación (CCE) estableciendo una calificativa específica para los actos de defraudación fiscal cometidos a través de subcontratación de personal o simulación de servicios especializados", afirmó.

Romero Aranda dijo frente a diputados, abogados, contadores y expertos en materia de subcontratación, que el hecho de que un delito sea calificado significa que las personas acusadas de cometerlo llevarán su proceso en prisión preventiva cuando los montos sean superiores a 7.8 millones de pesos de conformidad con la reforma fiscal penal que entró en vigor el 1 de enero de 2020.

"Esto no quiere decir que la defraudación fiscal a través de esquemas de subcontratación ilegal no se encuentre tipificada como delito calificado actualmente, sí lo está de forma genérica, dependiendo el caso en concreto en el CFF. No obstante, la iniciativa tiene por objeto esclarecer una calificativa específica para este objeto (outsourcing) mandando el mensaje claro a la población con el efecto de inhibir estas prácticas dañinas", afirmó.

El procurador fiscal subrayó que quien sea condenado por un delito calificado recibirá penas de hasta 13 años y medio de prisión, pero además cuando se esté ante un grupo de 3 o más personas que ejecuten estos esquemas de subcontratación defraudadores de manera reiterada y permanente serán calificados como procesos por delincuencia organizada.

"Las empresas que han incurrido en irregularidades tienen la oportunidad de regularizarse antes de que sean llevadas a proceso penal con base en reformas correspondientes. De lo contrario, la autoridad tendrá que aplicar cada una de las consecuencias legales sea quien sea", enfatizó.

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