Economía

Poder Legislativo tiene la facultad de actualizar el impuesto

Una iniciativa para corregir las tarifas reconociendo la inflación, no traería incremento de impuestos, sino que sería algo que favorecería a los contribuyentes, comentó directivo de la firma PWC.

CIUDAD DE MÉXICO.- El único con facultades para actualizar con la inflación las tarifas anuales para las personas físicas a que se refiere el artículo 152 de la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) es el poder Legislativo, mientras que el Ejecutivo no tiene más que cumplir las leyes aprobadas.

"Diputados y/o senadores podrían presentar una iniciativa en el Congreso de la Unión para que de alguna manera rectifiquen la ley y establezcan la tarifa del Impuesto sobre la Renta para personas físicas que debió existir considerando la inflación acumulada de diciembre de 2002 a diciembre de 2013 (que fue de 57.2 por ciento)", indicó Pedro Carreón, socio de Impuestos de la firma PWC.

En entrevista con EL FINANCIERO expuso que el Acuerdo de Certidumbre Tributaria no limita al legislativo en la presentación de las iniciativas que considere prudentes.


"De presentarse y aprobarse una iniciativa para corregir las tarifas reconociendo la inflación, la enviarían al Presidente de la República, y si el jefe del Ejecutivo no ejerce su derecho de veto, se publica",
señaló.

"No se trata de ningún incremento de impuestos, sino de algo que favorecería a los contribuyentes, ya que el hecho de que no actualicen la tarifa del ISR con la inflación implica que los contribuyentes estén pagando de más", subrayó. Asimismo, Carreón Sierra indicó que el Ejecutivo no puede modificar las tarifas.

El especialista de la firma PWC agregó que en virtud de que la ley ya fue publicada, de no existir antes alguna iniciativa, la tarifa se tendría que actualizar hasta que la inflación acumulada excediera el 10 por ciento establecido en la propia Ley del Impuesto sobre la Renta.

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