Economía

¿Perdiste tu 'chamba' por el COVID-19? Solicita el Retiro Parcial por Desempleo... te decimos cómo

El Instituto Mexicano del Seguro Social dio a conocer las modalidades en las cuales puedes obtener este beneficio. Te contamos.

El COVID-19 no solo ha provocado muertes y diversos padecimientos físicos y mentales ha toda la humanidad; también ha afectado fuertemente a la economía, especialmente en materia laboral.

Si debido a la pandemia perdiste tu trabajo, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pone a disposición el Retiro Parcial por Desempleo.

Si tienes dudas sobre qué es y cómo pedirlo, te decimos.

¿De qué se trata?

Este beneficio es "una protección que tiene el trabajador formal, particularmente importante en momentos de emergencia sanitaria, ya que en el caso de pérdida del empleo, puede hacerse uso de los recursos de la cuenta individual del trabajador", señaló el instituto en un comunicado.

¿Cómo lo solicito?

Para hacer válido tu Retiro Parcial por Desempleo tras cumplir con los siguientes requisitos:

*Tener 46 días naturales de no contar con trabajo.

*Haber estado registrado al menos durante tres año con una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore).

*Dos o más años cotizados en el Seguro Social.

*No haber efectuado retiros de tu cuenta individual en los últimos cinco años.

Posteriormente, debes presentarte ante la Afore y pedir el inicio del trámite. Después de ello, tu administradora de fondos dará 'visto bueno' de que se cumplan con las condiciones del beneficio y el IMSS certificará el derecho al mismo.

¿Cuáles son las dos modalidades?

Para disponer parcialmente de los recursos de tu cuenta individual hay dos 'caminos':

1)Si tu cuenta tiene al menos tres años de haber sido abierta y posees dos años de cotización al IMSS, puedes retirar en una sola exhibición un monto equivalente a 30 días del último Salario Base de Cotización registrado con un límite de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

2) Si tu cuenta individual tiene más de cinco años de apertura, "el monto a retirar corresponde a lo que resulte menor entre el importe correspondiente a 90 días del Salario Base de Cotización de las últimas 250 semanas o el 11.5 por ciento de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV)", precisa el IMSS.

El Seguro Social te recomienda que solo retires dinero de tu cuenta en una situación de emergencia, ya que impacta en tus semanas cotizadas. "No obstante, para no afectar la posibilidad de pensionarse, los recursos retirados pueden ser repuestos posteriormente e ingresados a la cuenta individual, con lo que se reintegrarán las semanas que hubieran sido descontadas", destacó.

Para consultar tus semanas cotizadas, donde también puedes revisar tu situación filiatoria con el IMSS, los patrones que te han dado de alta y con qué periodos y salarios te han registrado, da clic aquí y entra al apartado de Servicios Digitales. Ahí te solicitarán tu correo electrónico, CURP y número de Seguridad Social.

Si tienes dudas sobre cualquiera de los trámites que te explicamos, también puedes llamar al 800 623 2323, opción 1, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a 20:00 horas, y los sábados y domingos de 8:00 a 14:00 horas.

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