Economía

Menor presupuesto para IFT en 2019, un riesgo para objetivos del regulador

El instituto señaló que lo que propone para su presupuesto es lo mínimo indispensable para cumplir con sus obligaciones.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) alertó que, en caso de que se apruebe un presupuesto para 2019 menor al que el instituto propuso (mil 780 millones de pesos), habrá un impacto en el cumplimiento del regulador.

"Con un menor presupuesto se pondría en riesgo el cumplimiento de nuestro objetivo. El presupuesto que solicitamos es el mínimo indispensable para cumplir con las obligaciones", afirmó Gabriel Contreras, comisionado presidente del Instituto.

El órgano regulador propuso tener un presupuesto de mil 780 millones de pesos, el cual se replica en Paquete Económico para el ejercicio fiscal de 2019 que, aunque aún tiene que ser aprobado y es 14.2 por ciento menor al del 2018, 2 mil 075.1 millones de pesos.

La Iniciativa de Ley de Ingresos se entregó el sábado a la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, después pasará al Pleno de la Cámara baja. Si es aprobado, se entrega al Senado para que la comisión correspondiente dictamine sobre la ley y vote por ello en el Pleno.

Los legisladores tienen hasta el 31 de diciembre para aprobar el Paquete Económico 2019, pero buscarán aprobar el Paquete Económico 2019 antes del 23 de diciembre, según un calendario al que tuvo acceso Bloomberg.

Contreras Saldívar precisó que la propuesta para el presupuesto del siguiente año se alinea a la política de austeridad del gobierno de Andrés Manuel López Obrador.

Para establecer esta cantidad, el IFT ajustó el tabulador de los mil 350 empleados que trabajan en el instituto, a quienes se les eliminó por completo la prestación de gastos mayores y de separación.

Sin embargo, amparándose en la fracción tercera del artículo 123 constitucional, el IFT pudo ampliar en 30 por ciento el salario a percibir en 2019 en 17 plazas, que incluye a siete comisionados del Pleno, así como a titulares de diferentes Unidades del Instituto.

El artículo señala ningún servidor público podrá tener una remuneración igual o mayor que su superior jerárquico -en este caso el Presidente de la República-, salvo que el excedente sea consecuencia del desempeño de varios empleos públicos, o que su remuneración sea producto de las condiciones generales de trabajo.

Esto, "derivado de un trabajo técnico calificado o por especialización en su función, la suma de dichas retribuciones no deberá exceder la mitad de la remuneración establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente", señala el artículo.

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