Economía

Juntas Locales de Conciliación, lastre de la reforma laboral: Imco

Manuel Molano, director general adjunto del Instituto, señaló que las Juntas Locales de Conciliación son los grandes obstáculos para que prospere la Ley Federal del Trabajo.

CIUDAD DE MÉXCO.- A un año tres meses de que entró en vigor la Ley Federal del Trabajo (LFT), sus resultados no son tan buenos, "ni los serán hasta que los Estados del República realicen cambios a sus legislaciones en la materia que vayan en concordancia con la normatividad federal", advirtió Manuel Molano.

En conferencia de prensa, el director general adjunto del Instituto Mexicano para la Competitividad (Imco) señaló que uno de los grandes obstáculos para esta ley son las juntas locales de conciliación, donde todavía no se logran acortan los juicios laborales.

También expuso que es importante que cuando las empresas despidan un trabajador otorguen la indemnización que le corresponda, no por justicia social, sino para que éste cuente con "el financiamiento" necesario para poder aguantar el tiempo que necesitaran para encontrar un nuevo empleo.


Por lo regular el trabajador tarda hasta 90 días para volverse a colocar en un trabajo, destacó.

Recomendó a las empresas contratar seguros de desempleo individuales, para que a la hora que tienen que despedir a un trabajador no estén preocupadas porque no cuentan con los recursos para la liquidación.

En ese mismo sentido, señaló que difícilmente el seguro de desempleo, que se pretende crear en el país podrá convivir con el esquema de indemnizaciones que hoy se entrega al trabajador cuando se le rescinde su contrato.

Es momento "de terminar con los grandes teatros de mentiras que se llevan a cabo en las juntas de conciliación, para esto es importante que se apliquen penas estrictas y altas posibilidades de castigo para quienes caigan en falsedad de declaraciones ante autoridad, realice fraude procesal y simulación de pruebas o retarden los juicios", destacó.

Las sanciones económicas pueden funcionar mejor que las corporales, consideró, así como también una prohibición para litigar en la junta de conciliación durante un periodo determinado puede desincentivar malas conductas mucho más efectivamente que una pena corporal.

Expuso que debe dotarse de independencia de gestión a los funcionarios de las juntas; hay que profesionalizar y capacitar las juntas para la adopción de principios de oralidad y contemplar las fuentes de financiamiento para el equipamiento físico que requieren los litigios orales.

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