Economía

Gobierno de AMLO da a conocer regulación para reducir meta de almacenamiento de combustibles

La Secretaría de Energía publicó en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos para hidrocarburos como el diésel, las gasolinas y la turbosina.

La Secretaría de Energía (Sener) publicó este viernes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una modificación a la política de almacenamiento de combustibles para disminuir las obligaciones de las compañías privadas y Petróleos Mexicanos (Pemex).

Con este cambio, la dependencia federal fija a los comercializadores de gasolinas y diésel la obligación de contar con un inventario mínimo de combustible equivalente a cinco días de venta en los próximos seis años (2020-2025). Los privados y Pemex deberán acreditar este requisito el próximo 1 de julio.

La regulación vigente hasta noviembre establecía que las compañías privadas y la petrolera debían cumplir con cinco días de almacenamiento a partir del 1 de enero de 2020. Este requisito debía aumentar de manera progresiva a 13 días en 2025.

La Sener también disminuyó la obligación a los participantes del mercado de turbosina, de 13 a tres días.

La regulación pasada, que data de diciembre de 2017 y que se dio como parte de la apertura del mercado a privados, tenía como finalidad incrementar la infraestructura de almacenamiento para evitar contingencias como el desabasto de gasolinas que se dio en enero de este año.

En la modificación publicada en el DOF, la Sener asegura que desde 2017 solo han entrado en operación cuatro proyectos de almacenamiento, "lo que pone de manifiesto que la participación de empresas privadas ha sido insuficiente en el desarrollo de la infraestructura de almacenamiento nacional, lo que ocasiona dificultades a todos los participantes del mercado para el cumplimiento de la presente política pública (la publicada en 2017)".

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