Economía

Contadores solicitan prorrogar al 30 de abril la declaración de personas morales por fallas del SAT

La presidenta del IMCP expuso que el gremio de contadores está preocupado por diversas fallas que se han presentado en los servicios de atención a los contribuyentes.

A una semana de que venza el plazo para presentar la Declaración Anual 2020 de personas morales, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) solicitó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) prorrogar al 30 de abril el plazo de vencimiento de dicha obligación, ya que el fisco ha presentado diversas fallas que no han sido subsanadas.

Diamantina Perales, presidenta del IMCP, expuso en conferencia que el gremio de contadores está preocupado por diversas fallas que se han presentado en los servicios de atención a los contribuyentes, así como los relacionados con la presentación de declaraciones y pagos que brinda el SAT.

Las fallas tecnológicas y operativas no han permitido a los contribuyentes cumplir oportunamente con sus obligaciones fiscales antes del 31 de marzo, que es el día en que vence el plazo para presentar la declaración de personas morales.

"Hemos solicitado de manera respetuosa y fundada al SAT, mediante escrito presentado de forma directa y también vía correo electrónico, se otorgue una prórroga de 30 días en el vencimiento de las declaraciones anuales de personas morales, ya que esta ampliación del plazo permitirá compensar el tiempo que ha transcurrido como consecuencia de las problemáticas", expuso.

El IMCP detalló que entre las situaciones que no han sido resueltas por el SAT y que impiden el cumplimiento de los contribuyentes se encuentran:

a) Al llenar la declaración anual normal de personas morales 2020 y guardarla, el sitio constantemente elimina la información, por lo que se debe capturar todo nuevamente.

b) Respecto a los diversos errores que el aplicativo presenta en el caso de pérdidas fiscales pendientes de amortizar tenemos reportados los siguientes:

- No reconoce pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar en el ejercicio 2020 que se presentaron en la declaración anual de 2019.

c) No permite amortizar pérdidas fiscales de diversos ejercicios cuando se trata de remanentes pendientes de amortizar.

"La solución ofrecida al no reconocimiento de pérdidas de ejercicios anteriores en donde se recomienda presentar declaración complementaria para que puedan aparecer en el aplicativo, conlleva repercusiones legales que el contribuyente enfrentará por la deficiencia de un formato, además, se cuenta con evidencias de casos en que ni presentando la complementaria referida se logra el objetivo buscado", mencionó Perales.

Respecto a la problemática por la insuficiencia de citas para la renovación de la firma electrónica en todo el país y dado que existe una gran demanda y aún se presentan muchos problemas para obtenerlas, el IMCP sugirió al SAT tomar en consideración la posibilidad de abrir sedes alternas con unidades móviles para la creación de la e-firma y otros servicios.

El Instituto ofreció las instalaciones de los 60 Colegios Federados para poder instalar las unidades móviles, con lo que se podrá contar con mayor afluencia por ciudad sin exceder los límites de cupo que por motivos sanitarios se tengan previstos en las Administraciones Desconcentradas.

"Estas situaciones o problemáticas afectan el cumplimiento tributario del contribuyente, a pesar de que corresponde a la autoridad garantizar los medios (tecnológicos) para concretar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, conforme al artículo 31 Quinto Párrafo del Código Fiscal de la Federación, más aún cuando recientemente, desde el Poder Ejecutivo, han existido pronunciamientos a favor de llevar a cabo una verdadera simplificación administrativa", sostuvo Perales.

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