Economía

Comisión aprueba Ley de Ingresos 2021; dan revés a Hacienda y no podrá usar Fondo de Salud para el Bienestar

La Comisión avaló eliminar la propuesta que envió la Secretaría en su Iniciativa que le permitiría usar hasta 33 mil mdp provenientes del Fideicomiso Fondo de Salud para el Bienestar.

Con el aval de Morena y sus aliados, y tras la defensa de los fondos de salud por parte de la oposición, la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados aprobó este martes el dictamen de Ley de Ingresos de la Federación (LIF) 2021 que dio un revés a la Secretaría de Hacienda en su intención de usar el Fondo de Salud para el Bienestar.

Con 18 votos a favor y 11 en contra, la Comisión aprobó en lo general y particular el dictamen de LIF 2021, el cual fue remitido a la Mesa Directiva para que a la brevedad inicie su discusión en el Pleno de San Lázaro.

La Comisión avaló eliminar la propuesta que envió la Secretaría de Hacienda en su Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación (ILIF) 2021 que le permitiría usar hasta 33 mil millones de pesos provenientes del Fideicomiso Fondo de Salud para el Bienestar, conocido como el Fondo de Gastos Catastróficos del Insabi.

El Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2021, plantea que, al ser eliminada dicha propuesta, se hará un ajuste a la carátula de la Ley de Ingresos a fin de eliminar un monto de 33 mil millones de pesos en el rubro de Aprovechamientos.

De tal forma que el dictamen proyecta ajustar de 6 billones 295 mil 736.2 millones de pesos previstos en la iniciativa de Hacienda a 6 billones 262 mil 736.2 millones de pesos en el dictamen que será sometido a votación esta tarde por la Comisión; la diferencia entre ambas cantidades son los 33 mil millones de pesos del Fondo de Salud para el Bienestar.

La iniciativa del Ejecutivo federal contiene un Artículo Décimo Tercero Transitorio mediante el cual se establece que el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi) instruirá a la institución fiduciaria del Fondo de Salud para el Bienestar para que, a más tardar el 1 de abril de 2021, concentre en la Tesorería de la Federación la cantidad de hasta 33 mil millones de pesos del patrimonio de ese Fideicomiso, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

El dictamen de la Comisión considera que el uso de los recursos del Fondo contraviene lo previsto en el Artículo 77 bis 29 de la Ley General de Salud, en el cual se encuentra especificado el destino final que deben tener los recursos del aludido fondo, por ende, no se puede disponer de dicho monto para otro rubro diferente.

"En ese sentido, esta Comisión que dictamina estima que la medida planteada en el artículo transitorio Décimo Tercero propuesto en la Iniciativa presentada por el Titular del Ejecutivo Federal, requiere de un mayor análisis, discusión y consenso, por lo que se propone eliminar el citado transitorio y recorrer los siguientes numerales para ajustar el orden que corresponda", suscribe.

El Artículo 77 bis 29 de la Ley de Salud establece que, con el objetivo de apoyar el financiamiento de la atención principalmente de beneficiarios del Sistema de Protección Social en Salud que sufran enfermedades de alto costo de las que provocan gastos catastróficos, se constituirá y administrará por la Federación un fondo de reserva, sin límites de anualidad presupuestal, con reglas de operación definidas por la Secretaría de Salud.

Entre las enfermedades que se atienden con el Fondo de Gastos Catastróficos se encuentran: cuidados intensivos neonatales, cáncer de mamá, cáncer cérvico uterino, cáncer de colón, cáncer de próstata, leucemia, linfoma, enfermedades infecto-contagiosas, trastornos quirúrgicos congénitos, hepatitis, infartos, enfermedades metabólicas, principalmente.

También lee: