Economía

Asignaciones para Pemex sólo en grandes yacimientos

Las asignaciones a Pemex o a otra empresa podrán ser para aquellas estructuras cuya estimación en recursos prospectivos sea de más de 2 mil millones de barriles petróleo crudo equivalente o a aquellas que cuenten con las capacidades necesarias para extraer hidrocarburos de forma eficiente y competitiva.

CIUDAD DE MÉXICO.- Las asignaciones que podrá realizar el Estado, a través de la Secretaría de Energía (Sener), a Petróleos Mexicanos (Pemex) o a cualquier empresa productiva del Estado sólo podrán ser para estructuras geológicas, cuya estimación en recursos prospectivos sea de más de 2 mil millones de barriles petróleo crudo equivalente.

Esto de acuerdo con el Reglamento de la Ley de Hidrocarburos publicado el viernes, en el que también se especifica que otro criterio para asignar áreas a las empresas productivas del Estado es que éstas comprueben que tienen las capacidades técnicas, financieras y de ejecución, superiores para extraer los hidrocarburos de forma eficiente y competitiva.

Otras razones para asignar campos de manera directa son que rescinda un contrato o que la Sener determine que es el mecanismo más adecuado para los intereses del Estado.


ASIGNACIONES MINERAS

Respecto a los planes del Estado, cada mes de junio se publicará un Plan Quinquenal que incluya las áreas a licitar en los próximos cinco años.

Para los mineros, los plazos para obtener una asignación de exploración y de extracción de hidrocarburos tardarán cinco días para que la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) emita su opinión.
Luego la CNH contará con un plazo de quince días hábiles para remitir a la Secretaría su opinión técnica, misma que la Secretaría notificará al concesionario minero en un máximo de cinco días.

Los modelos de contratos para el uso de predios con potencial de hidrocarburos deberán ser publicados por la Secretaría de Energía (Sener) en un plazo no mayor a 90 días a partir de mañana, señala el Reglamento de la Ley de Hidrocarburos.

Con estos modelos de contratos, tanto los titulares de los terrenos como los asignatarios o contratistas, conocerán los contenidos mínimos, así como los derechos y obligaciones de las partes que podrán establecerse para el uso, goce, afectación o, en su caso, adquisición de los terrenos, bienes o derechos, indica el reglamento.

Por otro lado, las empresas que quieran migrar de contratos integrales de exploración y producción y de los contratos de obra pública financiada, deberán presentar una solicitud ante la Sener sobre la cual Pemex deberá presentar su opinión en un plazo máximo de cinco días.

Para Benjamín Torres-Barrón, consultor de Baker and McKenzie del sector energético, uno de los aspectos a destacar en la legislación son los mecanismos a través de los cuales se podrá lograr un mejor desarrollo de las cadenas locales.

"En cuanto al desarrollo de la industria nacional y las cadenas productivas nacionales y locales, se establecen de una mejor manera los medios a través de los cuales se podrá definir una meta de porcentaje de contenido nacional, cuyo objetivo es permitir la introducción progresiva de las empresas mexicanas en la cadena de suministro del sector hidrocarburos, beneficiando a todos los involucrados", dijo desde su oficina en Ciudad Juárez.

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