Sociedad

Organizaciones se amparan contra nuevo etiquetado de alimentos y bebidas

El pasado 15 de abril, el Poder del Consumidor y la Fundación Interamericana del Corazón de México presentaron un amparo argumentando falta de transparencia y lo confuso de los requerimientos, y cuestionando los criterios establecidos.

CIUDAD DE MÉXICO.- Las organizaciones El Poder del Consumidor y la Fundación Interamericana del Corazón de México informaron que el 15 de abril presentaron un amparo contra el etiquetado frontal de alimentos y bebidas de acuerdo al Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, emitido por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).

Lo anterior, señalaron, se llevó a cabo ante jueces de Distrito en Materia Administrativa, a los que expusieron tres puntos específicos de reclamo: la falta de transparencia, los criterios establecidos y lo confuso de los requerimientos de los nuevos lineamientos.

En lo que respecta al etiquetados que se exige tengan los productos, aseguraron, esto no es entendible por la mayor parte de la población mexicana, pues de acuerdo a estudios realizados para su evaluación en el país, el Instituto Nacional de Salud Pública realizó un sondeo a 122 estudiantes de nutrición y se concluyó que 67.9 por ciento de los estudiantes conoce el etiquetado frontal GDA; sin embargo, sólo 12.5 por ciento fue capaz de definirlo correctamente y 31.7 por ciento fueron capaces de estimar correctamente el contenido energético total del producto.

"El tiempo promedio que tardaron los estudiantes en contestar tres preguntas que evaluaban el contenido de energía, azúcares y el número de productos que podían consumir para cumplir con el máximo de azúcares recomendado en el etiquetado frontal GDA fue de 3.34 minutos y sólo el 1.8 por ciento respondió correctamente a estas preguntas utilizando seis minutos".

De los criterios establecidos en el nuevo decreto, las organizaciones advierten que van en contra de lo que marca la Organización Mundial de Salud y la Estrategia Nacional contra la Obesidad y a Diabetes.

El requerimiento diario de azúcar que se marca, destacaron, es hasta de 90 gramos (100 por ciento del requerimiento diario recomendado) equivalente a 18 cucharadas cafeteras de azúcar, mientras el criterio de la OMS es de 50 gramos como máximo tolerable (actualmente en consulta para reducirlo a la mitad: 25 gramos de azúcar, equivalente a cinco cucharadas cafeteras).

"En este contexto, las adiciones al Decreto citado que se reclaman en el amparo no jerarquizan el derecho a la salud de las personas, pues carecen de sustento científico. De hecho, la emisión de estos criterios es contra-producente, pues desinformará a los consumidores, pudiendo crear falsas apreciaciones, al esconder el contenido de azúcares añadidos y poner los azúcares totales, creando la fantasía al consumidor de tener mayor flexibilidad de consumo de estos productos sin afectar su salud al poner una ingesta recomendada diaria y no un máximo tolerable".

Con esta nueva etiqueta, acotaron, si una Coca Cola de 600 mililitros que tiene 63 gramos de azúcar va a señalar que contiene 70 por ciento del requerimiento diario recomendado de azúcar, entonces el 100 por ciento del requerimiento diario recomendado de azúcar será 90 gramos (la propuesta de Cofepris).

"Así si alguien consume este tipo de refresco, puede creer que todavía le falta un 30 por ciento más para tener un consumo recomendable, cuando ya rebasó 126 por ciento el máximo tolerable. Si 90 gramos es lo que establece Cofepris, respaldada por la Secretaría de Salud, como requerimiento diario recomendado, habría que multiplicarlo por los 365 días del año, lo que da un total de 32.85 kilogramos de azúcar como requerimiento anual recomendado. ¡Por lo tanto, Cofepris recomienda que comamos 32.85 kilogramos de azúcar por año, ni nada más, ni nada menos!".

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