Sociedad

Construcciones con deficiencias no serán suspendidas: Mancera

El jefe de gobierno aseguró que “no quiere decir que se crea un ámbito de impunidad o que ya no va a haber verificaciones", sino que se está dando certeza; de esta forma se permitirá que se subsane la falta y de representar un "peligro grave" se suspenderá la obra. 

CIUDAD DE MÉXICO. Al igual que como se planteó para los establecimientos mercantiles, una reforma que aún no se aprueba en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a partir de esta semana, las construcciones en la ciudad de México que tengan deficiencias subsanables en breve no serán suspendidas por el gobierno de la ciudad o los gobiernos delegacionales, con la intención de que la actividad económica en la ciudad no se detenga.

Así lo anunció hoy el jefe de Gobierno del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera, quien aseguró que "no quiere decir que se crea un ámbito de impunidad o que ya no va a haber verificaciones o que ya cada quien puede hacer lo que quiera, no, simplemente se está dando certeza, se está dando claridad de cómo es que tiene que actuar la autoridad".

Este lunes se publicaron en la Gaceta Oficial del DF las modificaciones al Reglamento de Construcciones del DF donde se establecen las nuevas causales de suspensión y las nuevas multas aplicables para quienes no se ajusten a las disposiciones vigentes.

De acuerdo con las modificaciones, la autoridad competente podrá imponer como medida de seguridad la suspensión total de las obras, terminadas o en ejecución, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley y el Reglamento de Verificación Administrativa del Distrito Federal, sólo cuando la construcción "represente peligro grave o inminente".

En ningún caso, dice la nueva disposición, "podrá implementarse la suspensión de la obra cuando la irregularidad detectada pueda solventarse al momento mismo de la realización de la visita de verificación o sea subsanable dando un plazo perentorio no mayor a tres días".

Estas causales pueden ser que los trabajadores realicen actividad sin contar con alguno de los siguientes aditamentos de seguridad: guantes, botas, arnés de seguridad, líneas de vida, chaleco, cascos y en general por cualquier situación que afecte de manera directa la seguridad de un trabajador o que la obra no cuente con la totalidad de extintores en adecuadas condiciones de uso.

Tampoco aplica la suspensión por ausencia de protección a vacíos y/o a predios colindantes, por ausencia de botiquín, por ausencia de señalizaciones para ruta de evacuación, salida de emergencia, extintores, por obstrucción de la banqueta o vía pública.

Para esos supuestos, se dará un plazo de tres días para subsanar las irrergularidades y de no cumplirse con las disposiciones en ese periodo, entonces sí se suspenderá la obra.

Además, se establece una sanción de multa equivalente de 20 mil a 53 mil 800 pesos , cuando, cuando en una obra no se tomen las medidas necesarias para proteger la vida y salud de los trabajadores y de cualquier otra persona a la que pueda causarse daño.

También lee: