Sociedad

Acusación contra La Volpe no es grave

El Código Penal de Jalisco establece que el delito de atentado contra el pudor, del cual se acusa al exentrenador del "rebaño sagrado" no es grave y se podría llegar a que las partes conciliaran.

GUADALAJARA.- El delito de atentados al pudor, del cual se le acusa al ex director técnico de las Chivas, Ricardo La Volpe, de acuerdo al Código Penal estatal, no es grave e incluso la Fiscalía General del Estado tendría que agotar el recurso de la justicia alternativa, es decir, que las partes en conflicto conciliaran.

En el capítulo III, del Código Penal, en el artículo 142-E, se establece que se impondrán de tres meses a tres años de prisión al que, sin consentimiento de una persona mayor de doce años o aún con el consentimiento de una menor de doce años, ejecute en alguna de ellas un acto erótico-sexual, sin la intención de llegar a la cópula, igual penalidad se impondrá a quien obtenga el consentimiento para ejecutarlo de una persona mayor de doce años, cuando por cualquiera causa no pudiera resistir.

"Si se hiciere uso de la violencia física o moral o participaren dos o más infractores, la sanción será de seis meses a ocho años de prisión.

"Este delito se perseguirá por querella de la parte ofendida o de su legítimo representante".

En lo que respecta al hecho de que se dé a conocer el fragmento de una declaración de una averiguación previa en proceso, el Código de Procedimientos Penales establece que cuando es por escrito se dotarán copias a las partes.

Sin embargo, cuando el trámite es por comparecencia, es decir que el denunciante acuda a las instalaciones de la Fiscalía, no podrán otorgarse copias a ninguna de las partes y cualquier conocimiento público del procedimiento será responsabilidad del Ministerio Público que conozco el asunto o de algún funcionario de la Fiscalía. En todo caso la defensa de un denunciante podrá solicitarlas por escrito.

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