Política

El Ejecutivo, omiso en 46 leyes sin expedir


 
Víctor Chávez
 
 

Un informe del Senado de la República revela que el Ejecutivo federal "ha sido omiso" en la expedición de cuando menos 46 leyes reglamentarias de reformas constitucionales aprobadas por el Congreso de la Unión, entre el 2006 y el 2013, lo que afecta la operación y el desarrollo de los sectores comercial, fiscal, laboral, de seguridad pública, telecomunicaciones, turismo, justicia, protección civil, salud, deporte, ecología, entre otros.
 
 
En su sitio web, la Cámara alta lleva un registro de las reformas aprobadas y de sus respectivas leyes secundarias que aún están pendientes de aprobarse, de las cuales 38 de ellas cuentan con plazos legales establecidos en los artículos transitorios de las reformas constitucionales correspondientes y que ya no se respetaron, cinco no tienen plazos y tres que sus plazos establecidos están corriendo.
 
 
 
Le toca al presidente
 
 

Inclusive, una nota del Senado de la República en ese apartado subraya que "corresponde al Presidente de la República proveer, en la esfera administrativa, la exacta observancia de las leyes aprobadas por el Congreso de la Unión".
 

Sin embargo –anota– "la presente información tiene como propósito dar a conocer los casos en que el titular del Poder Ejecutivo federal ha sido omiso en la expedición de la disposición reglamentaria correspondiente, que ordenan los cuerpos normativos aprobados por el Congreso de la Unión, publicados en el Diario Oficial de la Federación y que se encuentran vigentes".
 

Explica que "esta acción, prevista en la fracción I del artículo 89 constitucional, bajo el rubro de facultades y obligaciones del presidente de la República, determina que el Ejecutivo federal pueda expedir disposiciones generales y abstractas que tienen por objeto la ejecución de la ley, desarrollando y complementando en detalle las normas contenidas en los ordenamientos jurídicos expedidos por el Congreso de la Unión".
 

También expone que "los datos presentados comprenden los decretos aprobados por el Congreso de la Unión del mes de septiembre de 2006 al mes de noviembre de 2013 y se ordenan en tres partes:
 

"En la primera, se reflejan aquellos casos en que las disposiciones transitorias de los ordenamientos legales señalan expresamente un plazo para que el titular del Ejecutivo federal expida el Reglamento o la reforma reglamentaria procedente; en la segunda, se detallan los supuestos en que las disposiciones transitorias no prevén un plazo específico, lo que no releva de la obligación para emitir la disposición reglamentaria respectiva; y en la tercera, se registran las reformas, cuyo plazo previsto para la emisión de la reforma reglamentaria no ha vencido".
 
 
 
El detalle
 
 
El reporte senatorial aparece perfectamente clasificado en cinco categorías:
 

En la primera, aparece el nombre de la ley o decreto de reforma aprobado por las Cámaras del Congreso; en la segunda se asienta la fecha en que se publicó en el Diario Oficial de la Federación; en la tercera se anota el momento en que inició su vigencia, de conformidad con sus disposiciones transitorias.
 

En la cuarta se transcribe el artículo transitorio del que deriva la obligación legal para expedir las disposiciones reglamentarias correspondientes; y en la quinta se indica la fecha que determina el vencimiento del plazo legal para la expedición de dichas disposiciones reglamentarias.

También lee: